BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024
DECRETO N° 6373-HF/2022.-
EXPTE. N° 500-441/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 AGO. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Fíjese, a partir del 1° de Agosto de 2022, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor de los trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.-
ARTICULO 2°.- La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.
ARTICULO 3º.- Invítese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR