BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024

El Dr. Diego Armando Puca, Juez en el Juzgado de Primera Instancia Nº 2, Secretaria 3, en el Expediente C-224935/2023, caratulado: “Ejecución de Honorarios: AGUILERA, MANUEL ALEJANDRO c/ MAMANI, HECTOR IVAN”, notifica a HECTOR IVAN MAMANI, DNI 26501655, de la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 1 de Marzo de 2024, Autos y Visto:…Resulta:…Resuelve:1) Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por el DR. AGUILERA MANUEL ALEJANDRO, DNI 22.820.181 en contra del SR. MAMANI HECTOR IVAN, DNI 26.501.655, hasta hacerse el acreedor íntegro cobro del capital reclamado o sea la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA MIL  CIENTO UNO  CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($780.101,28) con más los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B – 145.731/05, (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema C/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº 54 fº 673/678 Nº 235 de fecha 11/5/2011), desde la mora considerada la misma a la fecha del 18 de Octubre del  2023 con más I.V.A. si correspondiere. 2) Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese ésta resolución por cédula y las posteriores por Ministerio de la Ley.- 3) Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 4) Diferir la Regulación de Honorarios hasta tanto exista Planilla de Liquidación firme y consentida.- 5) Notificar, agregar copia en autos, protocolizar.-Fdo. Dr. Diego Armando Puca- Juez- Ante mí: Dr. Juan Pablo Zalazar Reinaldi- Pro-Secretario- Secretaria Nro. 3, San Salvador de Jujuy, 10 de Abril del 2024.-

 

22/24/27 MAY. LIQ. Nº 36082 $2.250,00.-