BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024
EXPTE. Nº 500-287/2022.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 JUN. 2022.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Adhiérase la Provincia de Jujuy al Convenio Marco de fecha 10 de junio de 2022 celebrado entre el Ministerio de Educación de la Nación y el Consejo Federal de Educación, y como consecuencia de ello, establézcanse los nuevos importes del Salario Mínimo Docente conforme se indica a continuación:
- Salario Mínimo Docente para el mes de Junio/2022: pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000)
- Salario Mínimo Docente para el mes de Julio/2022: pesos sesenta mil ($ 60.000)
- Salario Mínimo Docente para el mes de Setiembre/2022: pesos sesenta y cuatro mil ($64.000)
- Salario Mínimo Docente para el mes de Diciembre/2022: pesos sesenta y ocho mil cuatrocientos ($ 68.400)
ARTICULO 2º.- Déjese establecido que para la liquidación del Salario Mínimo Docente se tendrán en cuenta todos los Fondos provenientes de Programas Nacionales.-
ARTICULO 3º.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 4º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas, de Educación y de Trabajo y Empleo.-
ARTICULO 6º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR