BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024

DECRETO Nº 5392-HF/2022.-

EXPTE. Nº 500-140/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 ABR. 2022.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 1º de abril de 2022, los siguientes incrementos para el personal docente:

  1. CUATRO POR CIENTO (4%), sobre el sueldo básico.
  2. Pesos quinientos ($ 500) sobre el adicional No Remunerativo Bonificable.
  3. Pesos ciento cincuenta ($150) sobre el adicional por Titulo Docente.

 

ARTICULO 2º.- Establecense los nuevos importes del Salario Mínimo Docente conforme se indica a continuación:

  1. Salario Mínimo Docente para el mes de Marzo/2022: pesos cincuenta mil ($ 50.000)
  2. Salario Mínimo Docente para el mes de Junio/2022: pesos cincuenta y tres mil trescientos treinta y tres ($ 53.333)
  3. Salario Mínimo Docente para el mes de Agosto/2022: pesos cincuenta y seis mil seiscientos sesenta y seis ($ 56.666)
  4. Salario Mínimo Docente para el mes de Setiembre/2022: pesos sesenta mil ($ 60.000)

 

ARTICULO 3º.- Déjese establecido que para la liquidación del Salario Mínimo Docente se tendrán en cuenta todos los Fondos provenientes de Programas Nacionales.-

ARTICULO 4º.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTICULO 5º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas, de Educación y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 7º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR