BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024
EXPTE. Nº 500-586/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2021.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 1º de noviembre de 2021, los siguientes incrementos para el personal docente:
- CUATRO POR CIENTO (4%), en el sueldo básico.
- Pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450) sobre el Adicional Remunerativo Bonificable por Persona.
- Pesos seiscientos ($ 600) sobre el Adicional No Remunerativo Bonificable
ARTICULO 2º.- Establecer en la suma de pesos tres mil cuatrocientos ($ 3.400) el valor del Adicional por Estado Docente.-
ARTICULO 3º.- Establecer en la suma de pesos tres mil cien ($ 3.100) el valor del Suplemento no Remunerativo No Bonificable por persona.-
ARTICULO 4º.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 5º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas, de Educación y de Trabajo y Empleo.-
ARTICULO 7º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR