BOLETIN OFICIAL Nº 59 – 27/05/2024

DECRETO Nº 4495-HF/2021.-

EXPTE. Nº 500-586/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 NOV. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del 1º de noviembre de 2021, los siguientes incrementos para el personal docente:

  1. CUATRO POR CIENTO (4%), en el sueldo básico.
  2. Pesos cuatrocientos cincuenta ($ 450) sobre el Adicional Remunerativo Bonificable por Persona.
  3. Pesos seiscientos ($ 600) sobre el Adicional No Remunerativo Bonificable

 

ARTICULO 2º.- Establecer en la suma de pesos tres mil cuatrocientos ($ 3.400) el valor del Adicional por Estado Docente.-

ARTICULO 3º.- Establecer en la suma de pesos tres mil cien ($ 3.100) el valor del Suplemento no Remunerativo No Bonificable por persona.-

ARTICULO 4º.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-

ARTICULO 5º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 6º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas, de Educación y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 7º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Educación, de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR