BOLETÍN OFICIAL Nº 42 – 12/04/17

Dra. Marisa E. Rondon, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, Secretaria Nº 5, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº B-282013/12 caratulado: Ejecutivo: “Banco Macro S.A. C/ Ovejero, Miguel Ángel”, hace saber a la Sr. Miguel Ángel Ovejero la siguiente resolución que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 02 de Febrero de 2017: Autos y Vistos;…Resulta:… Considerando:…-Resuelve: I.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el Banco Macro Sociedad Anónima en contra del Sr. Miguel Ángel Ovejero hasta hacerse el acreedor del integro pago del capital reclamado, o sea la suma de Pesos Veinticuatro Mil Novecientos Setenta y Nueve con Treinta y Cuatro Centavos ($24.979,34) con mas los intereses de la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) indemnización por despido incausado y otros rubros; Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro” (Libro de Acuerdos Nº54 Fº 673/678 Nº 235), desde la mora y hasta el efectivo pago, con mas el cincuenta por ciento (50%) de lo que resulten de los compensatorios en concepto de intereses punitorios, con mas I.V.A. si correspondiere.- II.- Imponer las costas a la vencida (Art. 102 del C.P.C.).- III.- Regular los Honorarios del Dr. Juan Sebastian Jenefes Quevedo, en la suma de Pesos Un Mil Trescientos Uno Con Setenta y Tres Centavos ($1.301,73) y al Dr. Martín Ramón Jenefes por la suma de Pesos Dos Mil Seiscientos Tres con Cuarenta y Tres Centavos ($2.603,47), respectivamente y por la labor profesional desarrollada en autos, de conformidad a lo dispuesto en los Arts. 2, 4, 6 y 15 de la Ley 1687/46, por lo que solo en caso de mora, devengara un interés igual a la tasa consignada para el capital, hasta su efectivo pago, de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº B-145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) indemnización por despido incausado y otros rubros; Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi, Yolanda y otro”  (Libro de Acuerdos Nº 54 Fº 673/678 Nº235), de fecha 11/5/2011, con mas I.V.A. si correspondiere.- IV.- Hacer efectivo el apercibimiento a fs. 19 en contra del Sr. Miguel Ángel Ovejero mandándose notificar la presente Resolución mediante la Publicación de Edictos y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley.- V.- Firme la presente, intímese a la parte actora a retirar por Secretaria el documento original en el termino de cinco días, bajo apercibimiento de glosar el mismo al expediente.- VI.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar.- Fdo. Dra. Marisa E. Rondon – Juez – Ante Mi Dra. María Laura López Pfister – Secretaria.- Secretaria; Dra. María Laura López Pfister.-  San Salvador de Jujuy, 09 de Febrero del 2.017.-

 

07/10/12 ABR. LIQ. Nº 10180 $360,00.-