BOLETIN OFICIAL Nº 58 – 24/05/2024
CONCEJO DELIBERANTE – MUNICIPALIDAD DE PUESTO VIEJO.-
ORDENANZA Nº 241/2024 REF. “PROGRAMA INTEGRAL DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA ADAPTADA Y EL DEPORTE ADAPTADO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD”.(Expte N° 29-CD-2024 Iniciada por los Concejales Amanda López, Marcelo Lopez)
VISTO Y CONSIDERANDO;
Que, mediante la Ley Nacional Nº 26.378 se aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006.
Que, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en el Art 30), punto 5), inc b) establece que: “A fin de que las personas con discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones con las demás en actividades recreativas, de esparcimiento y deportivas, los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para: Asegurar que las personas con discapacidad tengan la oportunidad de organizar y desarrollar actividades deportivas y recreativas específicas para dichas personas y de participar en dichas actividades y, a ese fin, alentar a que se les ofrezca, en igualdad de condiciones con las demás, instrucción, formación y recursos adecuados;”
Que, el deporte es fundamental para el cuidado de la salud, pero también una actividad que permite la inclusión social y el desarrollo de las personas. Para las personas en situación de discapacidad, es también una manera nueva de vincularse, un estímulo y el objetivo concreto para buscar superarse.
Que, el deporte adaptado se entiende como aquella modalidad deportiva que se adapta al colectivo de personas en situación de discapacidad o condición especial de salud, ya sea porque se han realizado una serie de adaptaciones y/o modificaciones para la práctica de aquellos, o porque la propia estructura del deporte lo permite. Es por ello por lo que algunos deportes convencionales han adaptado alguna de sus características para ajustarse a las necesidades de un determinado colectivo de personas en situación de discapacidad que lo va a practicar, mientras que, en otros casos, se ha creado una modalidad deportiva nueva a partir de las características específicas de un determinado colectivo de personas con discapacidad.
Que, el PROGRAMA INTEGRAL DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA ADAPTADA Y EL DEPORTE ADAPTADO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD proyecta como Objetivo General garantizar el acceso a la práctica de las actividades físicas, recreativas y deportivas a personas con discapacidad, exaltando la importancia que éstas tienen como herramienta de transformación y oportunidad para el reforzamiento de sus posibilidades.
POR ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.
Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la municipalidad de Puesto Viejo el a “PROGRAMA INTEGRAL DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA ADAPTADA Y EL DEPORTE ADAPTADO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD”, con el objeto de promover la práctica la actividad física adaptada, la recreación y el deporte adaptado en nuestra ciudad, mediante la realización de acciones concretas en materia de atención deportiva y actividad física en general que conlleven a la accesibilidad e inclusión de las personas con discapacidad en los espacios deportivos públicos y privados, a través de medidas que garanticen la equidad en el acceso a ellas como elemento esencial del desarrollo de las personas con discapacidad en igualdad de oportunidades
Artículo 2º-. Se considerará el PROGRAMA INTEGRAL DE DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD FÍSICA ADAPTADA Y EL DEPORTE ADAPTADO PARA LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE DISCAPACIDAD en el municipio de Puesto Viejo, a aquellas actividades dirigidas y organizadas, que representen una real importancia en el desarrollo personal y social del individuo con discapacidad que lo practica. Debe crear un campo adecuado y sencillo para la auto superación buscando establecer objetivos a alcanzar, para que todos y todas sus participantes puedan superarse día a día y luego a partir de ellos proyectar otros objetivos dentro de la misma práctica.
Artículo 3º-. Será autoridad de aplicación de la presente ordenanza el Área de Deportes de la Municipalidad de Puesto Viejo u organismo que lo suceda o reemplace en el futuro. Su accionar está orientado a promover, planificar, coordinar, dirigir y fiscalizar todas las actividades físicas, deportivas y recreativas para personas en situación de discapacidad.
Artículo 4º-. Para los fines establecidos en la presente, el órgano de aplicación tendrá a su cargo la responsabilidad de:
a. Generar tareas de diagnóstico, segmentación y caracterización de los grupos de personas en situación de discapacidad en las diferentes localidades que componen el ejido de la municipalidad de Puesto Viejo que permita identificar la demanda e información general de la población en situación de discapacidad, a fin de garantizar un programa de actividades físicas, recreativas y deportivas, que permitan dar respuestas a los hábitos y preferencias de esta población en general.
b. Para lo anteriormente mencionado el órgano de aplicación creará un registro actualizado de Instituciones, Organismos y referentes que se dediquen o desarrollen en algún aspecto Iniciación, Recreación, Capacitación, Deporte Competitiva para personas en situación de discapacidad.
c. Ampliar la oferta de las diferentes actividades deportivas y recreativas inclusivas de la municipalidad como ser: las Colonias Municipales de Verano inclusivas, Las Escuelas Municipales de Iniciación Deportiva, Colonias de Vacaciones, entre otras.
d. Incluir a las personas en situación de discapacidad de todas las edades en los diferentes programas recreativos y deportivos que se desarrollan a nivel local (clubes, ligas, ONG, programas escolares inclusivos, gimnasios).
e. Promover las capacitaciones y actualizaciones en el ámbito de la actividad física, la recreación y el deporte adaptado.
f. Impulsar el programa de Promoción de la Actividad física y el Deporte Adaptado en las diferentes organizaciones y entidades deportivas (clubes, asociaciones, ligas, gimnasios, otros) en el Municipio de Puesto Viejo.
g. Organizar charlas, conferencias, seminarios, congresos y otros eventos destinados a la promoción, difusión, enseñanza y capacitación de las actividades físicas adaptadas, la recreación y el deporte adaptado.
h. Contribuir al desarrollo del deporte adaptado a través del acompañamiento de los deportistas, entrenadores a las diversas asociaciones y federaciones.
i. Incorporar a las familias de personas en situación de discapacidad en el desarrollo y promoción de las actividades sociales y comunitarias, con el propósito de estimular y afianzar las habilidades del mismo, enfatizando en la autodeterminación, integración e igualdad.
Artículo 5º-. Podrán formar parte del Programa las personas en situación de discapacidad que habiten en el Municipio Puesto Viejo.
Artículo 6º-. Facultase al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios con diferentes organizaciones locales, provinciales y nacionales que comprendan y acepten los fines, principios y objetivos del programa para impulsar el fortalecimiento del mismo en tanto y en cuanto se puedan impulsar estrategias en este sentido.
Artículo 7º-. El órgano de aplicación, debe planificar y articular junto a otras áreas de competencia de la Municipalidad la reserva de espacios adecuados para ser utilizados para la práctica de actividad física adaptada, la recreación y del deporte adaptado de competición.
Artículo 8º-. Todos los participantes en situación de discapacidad adscritos a las Escuelas Municipales de Iniciación Deportiva, deberán contar con una Ficha de Salud propuesta por el Área de Salud de la municipalidad de Puesto Viejo y que, una vez debidamente cumplimentada, será actualizada en forma anual.
Artículo 9º-. DE FORMA.
SALA DE SESIONES, 02 DE MAYO 2.024.-
Marcelo Eduardo López
Presidente