BOLETIN OFICIAL Nº 58 – 24/05/2024
EXPTE. Nº 740-4/23.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 ABR. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Ratificase la Resolución N° 1046-HF-2023, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2°.- Autorizase a Escribanía de Gobierno a confeccionar la escritura traslativa de dominio de los inmuebles adjudicados mediante Resolución N° 1046-HF-23.-
ARTICULO 3°.- El dictado de este acto no renueva plazos vencidos ni rehabilita instancias caducas.
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda.‑
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Inmuebles, Unidad de Control Previsional, Escribanía de Gobierno, Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR