BOLETIN OFICIAL Nº 56 – 20/05/2024

El Dr. Puca, Diego Armando, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, de la Provincia de Jujuy, en el Expte. C-229159/23, caratulado: “Ejecutivo: VELASQUEZ, IVANA JUDITH DEL CARMEN c/ TINTE, GONZALO ALBERTO”, notifica a TINTE, GONZALO ALBERTO, DNI 28.035.842, de la providencia que a continuación se transcribe: Autos y Vistos: Resulta: Considerando: Resuelve: 1.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por la Sra. Velásquez Ivana Judith del Carmen, DNI: 27.697.985 en contra del Sr. Tinte Gonzalo Alberto, D.N.I. Nº 28.035.842, hasta hacerse la acreedora del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos Doscientos Cuarenta mil con 00/100 ctvos ($240.000,00), con más un interés equivalente a la tasa activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa “Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. No B- 145.731/05, (Sala I-Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro” (Libro de Acuerdo no 54 Fo 673/678 no 235), tomado desde la fecha de mora (considerada la misma al 24/07/23) y hasta su efectivo pago, con más IVA si correspondiera. 2.- Imponer las costas a la demandada vencida (art. 102 del C.P.C.). 3.- Diferir los honorarios profesionales hasta tanto exista planilla de liquidación aprobada en autos (art.58 de la ley 6112). 4.- Hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en contra del demandado mandándose a notificar la presente resolución y las regulaciones de honorarios mediante cédula y las sucesivas providencias por Ministerio de Ley. 5.- Intimar a la parte actora a retirar por Secretaría el documento original en el término de cinco (5) días. 6.- Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente  sentencia. 7.- Agregar copia en autos, hacer saber, protocolizar y notificar por cédula (Art. 155 y 156 del C.P.C).- San Salvador de Jujuy, 09 de Abril de 2024.-

 

20/22/24 MAY. LIQ. Nº 35867 $2.250,00.-