BOLETIN OFICIAL Nº 54 – 15/05/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN.-

ORDENANZA Nº 918/CD/2.024.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 02 MAY. 2.024.-

VISTO:

La Constitución Nacional; la Constitución Provincial; la Ley Orgánica de Municipios Nº 4466; el Reglamento Interno del Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Carmen; Ordenanza Nº 260/95, la Ley Nº 2.782 y la Ley Nº 3116/1974; y…

CONSIDERANDO:

Que, por Ley Nº 3.116 se imprimió el carácter de Ciudad a nuestra comunidad, cumpliendo El Carmen 50 años desde este hito histórico.

Que, ha de destacarse que este acto posee notable importancia mereciendo recordar este 23 de Mayo de 1974.

Que, por lo expuesto debe resguardarse y promoverse esta fecha, en la memoria colectiva de toda la comunidad, como una forma de difundir sentimientos de pertenencia y arraigo y preservando el legado que nos dejaron quienes nos precedieron, por ello los ciudadanos debemos valorar  que hoy somos  CIUDAD, hecho que fue producto de un largo proceso histórico.

Que, es tiempo de que las generaciones presentes como las venideras conozcan, recuerden, reafirmen y transmitan, que es lo que se festeja el 23 de mayo, lo que favorece no solo a conocer, sino también entender nuestro devenir histórico, el presente y planificar el futuro.

Que, del acto conmemorativo es necesaria la participación de las instituciones educativas,  quienes constituyen uno de los pilares fundamentales como garantizadoras del derecho constitucional de enseñar y aprender en nuestra ciudad. Así mismo se invita a las autoridades públicas, instituciones privadas, generándose un lugar de encuentro y asistencia de la comunidad en general, siendo importante que la población disfrute y viva de cerca los 50º aniversarios de la ciudad de El Carmen, haciéndose participes de esta celebración.

Que, por tales consideraciones y a los fines de llevar la celebración aludida, resulta conveniente declarar el día 23 de mayo del año en curso como asueto administrativo, laborable para la Administración Pública Municipal y escolar para los establecimientos educativos de esta ciudad.

Por Ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA Nº 918/CD/2.024.-

ARTICULO 1: Declárese Asueto Administrativo, laborable y escolar en todo el ámbito Municipal de El Carmen, Ciudad cabecera del Departamento homónimo, el día 23 de mayo, con motivo de conmemorarse los 50 año, fecha en que se le dio el carácter de CIUDAD, mediante ley 3.116 de 1974.

ARTICULO 2º: Déjese oficializado dicho acto recordatorio a partir de la fecha y para los subsiguientes, desarrollándose a través del área de Cultura y Educación actividades conjuntas destinadas a mantener viva la historia de la ciudad y su gente.

ARTÍCULO 3: Sin perjuicio de lo dispuesto en el ARTÍCULO 1, Los Funcionarios Públicos Encargados de Obras y Servicios Públicos y demás Áreas, adoptarán las previsiones necesarias, para que las prestaciones indispensables para la comunidad no resulten afectadas.

ARTICULO 4°: Establécese que la declaración dispuesta en el  ARTÍCULO 1º tendrá carácter optativo para las actividades de comercio, bancos, seguros e industrias en general.

ARTICULO 5: Invítese a las entidades  autarticas y/u organismos descentralizadas de la ciudad a adherir a lo dispuesto en este instrumento legal.

ARTICULO 6: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dese amplia difusión. Cúrsese los comunicados correspondientes a los Ministerios de Educación, Salud etc.

ARTICULO 7º: Regístrese. Cumplido. Archívese.

 

Horacio Federico Mancini

Presidente