BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 08/05/2024
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 1019.24.040.-
EXPEDIENTE Nº 16-5647-2024-1.-
San Salvador de Jujuy, 26 Abril 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8004/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2024 de fecha 18 de Abril de 2024, mediante el cual se suspende la vigencia de los Artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ordenanza N° 7952/2023 hasta 30 de junio de 2024; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el Sr. Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;
AL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
A/C DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8004/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2024 de fecha 18 de Abril de 2024, mediante la cual se suspende la vigencia de los Artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ordenanza N° 7952/2023 hasta 30 de junio de 2024.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Transito y Transporte, Secretaría de Servicios Públicos, y Coordinación General de Comunicación. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante.-
Dr. Jorge Lisandro Aguiar
Presidente del C.D.
a/c de Intendencia