BOLETIN OFICIAL Nº 51 – 08/05/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO  Nº 1019.24.040.-                   

EXPEDIENTE   Nº  16-5647-2024-1.-

San Salvador de Jujuy, 26 Abril 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8004/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2024 de fecha 18 de Abril de 2024, mediante el cual se suspende la vigencia de los Artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ordenanza N° 7952/2023 hasta 30 de junio de 2024; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Sr. Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

AL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE

SAN SALVADOR DE JUJUY

A/C  DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8004/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 05/2024 de fecha 18 de Abril de 2024, mediante la cual se suspende la vigencia de los Artículos 3°, 4°, 5° y 6° de la Ordenanza N° 7952/2023 hasta 30 de junio de 2024.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Transito y Transporte, Secretaría de Servicios Públicos, y Coordinación General de Comunicación. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante.-

 

Dr. Jorge Lisandro Aguiar

Presidente del C.D.

a/c de Intendencia