BOLETIN OFICIAL Nº 50 – 06/05/2024

DECRETO Nº 430-ISPTyV/2024.-

EXPTE. Nº 612-93/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 ABR. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Calculo de Recursos – Ley N° 6371 – Ejercicio 2024 conforme se indica a continuación:

 

SUPRIMIR DE:

JURISDICCIÓN: “V” MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, SERVICIOS PÚBLICOS, TIERRA Y VIVIENDA.

  1. de O. “2A” – DIRECCIÓN GENERAL DE ARQUITECTURA

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – LEY N° 4413

 

CATEGORÍA                           Nº DE CARGOS

A-1                                                          2

 

PERSONAL DE ESCALAFÓN PROFESIONAL – LEY N° 4413

 

CATEGORÍA                           N° DE CARGOS

A-1 (i-2)                                                  1

 

ARTICULO 2º.- Adecuase al Arquitecto Daniel Osvaldo TEJERINA, CUIL N° 20- 22461415-3, personal de Planta Permanente de la Dirección General de Arquitectura, en la Categoría A-1 (i-2) con el Adicional por Dedicación Exclusiva del 150%, según lo previsto en el Artículo 10°, inc. 2 de la Ley N° 4413, a partir de la fecha del presente Decreto.-

ARTICULO 3º.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con la respectiva partida de Gasto en Personal asignada a la Jurisdicción “V” Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, Unidad de Organización 2A- Dirección General de Arquitectura, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida 1-1-1-1-1-20 “Para Refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones” perteneciente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos Ley N° 6371- Ejercicio 2024.-

ARTICULO 4º.- Establecese que de manera previa a efectuarse la liquidación correspondiente al adicional por Dedicación Exclusiva, el Arquitecto Daniel Osvaldo TEJERINA deberá acreditar Constancia de Bloqueo de Titulo ante el área pertinente.-

ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 6º.- Regístrese. Previa Toma de Razón por Fiscalía de Estado, publíquese en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Dirección General de Arquitectura. Cumplido, vuelva a Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR