BOLETIN OFICIAL Nº 47 – 26/04/2024
EXPEDIENTE Nº 16 – 4784 – 2024 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 17 abril 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7998/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 04/2024 de fecha 04 de Abril de 2024, mediante el cual se establece en forma excepcional que los vehículos afectados al Servicio de Transporte Escolar según Ordenanza N° 393/1981 deberán salir del servicio cuando su antigüedad sea superior a los dieciocho (18) años; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el Sr. Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7998/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 04/2024 de fecha 04 de Abril de 2024, mediante la cual se establece en forma excepcional que los vehículos afectados al Servicio de Transporte Escolar según Ordenanza N° 393/1981 deberán salir del servicio cuando su antigüedad sea superior a los dieciocho (18) años.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Tránsito y Transporte, Secretaría de Servicios Públicos, Coordinación General de Comunicación y a las demás Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante”.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente