BOLETIN OFICIAL Nº 42 – 15/04/2024
COMISION MUNICIPAL DE BARRANCAS.-
DECRETO N° 13.-
BARRANCAS, ABDON CASTRO TOLAY, 18 MAR. 2024.-
VISTO:
La Ordenanza N° 07-C.M.B./2023 de fecha 8 de junio de 2.023 y;
CONSIDERANDO:
Que el ex presidente de la Comisión Municipal dispuso la incorporación de personal a Planta Permanente sin el dictado del acto administrativo que lo sustente.
Que la Ordenanza 07/23 dispone, entre otros, el pase a Planta Permanente del Sr. MIQUEAS EMANUEL GERARDO CALPANCHAY, D.N.I. N° 42.227.882.
Que, el Artículo 100° de la Constitución Provincial impone que todo gasto e inversión del Estado Provincial, se ajuste a la Ley de Presupuesto, ergo, programación y ejecución deben responder con criterio de eficiencia y economía.
Que, el Decreto Acuerdo N° 52-HF/23 mantuvo la vigencia de las Leyes de Emergencia Económica y sus prórrogas.
Que en tal contexto surge imperativo la adopción de una política con fuerte restricción del gasto público, para previsibilidad y sustentabilidad de las finanzas públicas, con ajuste a la Ley N° 6.371 Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos – Ejercicio 2024, en sintonía con medidas de contención del gasto impuestas por el Gobierno Nacional.
Que, la Ley N° 6.371 faculta al Poder Ejecutivo para disponer medidas de restricción en materia de personal de los tres (3) Poderes del Estado, entes autárquicos y organismos de control, de los distintos escalafones y convenios, jefaturas, incluidos adicionales, promociones y afectaciones, de acuerdo a previsión presupuestaria.
Que, por Decreto Acuerdo N° 10.010-HF-2019, prorrogado por Decreto Acuerdo N° 7387-HF-2022, se dispuso implementar medidas de contención del gasto público para la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, Organismos Autárquicos, Empresas del Estado, Poder Judicial, Legislativo y Tribunal de Cuentas.
Que, la actual situación financiera, torna imperiosa y oportuna la continuidad de lineamientos dispuestos en el marco de contención del gasto público, siendo necesario que los responsables de las distintas dependencias, empresas, y poderes del Estado, ajusten su accionar a posibilidades presupuestarias, extremandos para su efectividad.
Que el Decreto 101-JG.23, ratificado por la ley 6382 de diciembre de 2023 dispone el congelamiento de la Planta de Personal de la Administración Pública Provincial Centralizada, Descentralizada, Organismos Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado. Asimismo establece la reestructuración y reducción de cargos de Funcionarios Públicos y de contratos de servicios para cada Unidad de Organización, Entes Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado.
Que surge acreditado que la Ordenanza N° 07- C.M.B./2023 de designación NO FUE PUBLICADA, es decir que no se completó el procedimiento necesario para la vigencia de la misma con la correspondiente publicación.
Que resulta reprochable el accionar del ex presidente de la Comisión Municipal al disponer de manera efectiva el pase a la planta permanente de personal, sin el dictado del correspondiente Decreto, encontrándose vigentes las Leyes Provinciales 4439/89 denominada “De Contención del Gasto Publico” con sus modificatorias y la Ley 5427/04 de Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal con sus modificatorias. Asimismo, se encuentra plenamente vigente la Ley Provincial 5153 y sus modificatorias, Ley de Ética Pública.
Que la mejora de la situación laboral del Sr. Calpanchay a planta permanente implica necesariamente un aumento del gasto para la administración pública, por lo que genera un daño económico para las arcas de la Comisión Municipal, y no se tradujo en un beneficio para la comuna debido a la poca o nula predisposición del agente a cumplir sus funciones debido a la continua y constante beligerancia, ausencias y falta de respeto a sus superiores jerárquicos, en franca violación de las obligaciones legales impuestas a su cargo.
Que no se puede tener como referencia de marco normativo vigente la Ordenanza mencionada, ya que no se completó el procedimiento legal para su obligatoriedad.
Por todo ello, y en virtud de las facultades otorgadas por la legislación vigente:
EL PRESIDENTE DE LA COMISION MUNICIPAL DE BARRANCAS
DECRETA
ARTÍCULO 1°: DEJAR SIN EFECTO el pase a planta permanente del Sr. MIQUEAS EMANUEL GERARDO CALPANCHAY, D.N.I. N° 42.227.882.-
ARTICULO 2°: Pase al Concejo Comunal para la pertinente toma de razón.-
ARTICULO 3º: Comuníquese, a las distintas áreas de la Comuna y notifíquese a la parte interesada. Cumplido. Archívese.-
Olmos H. Marcelo
Presidente
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