BOLETIN OFICIAL Nº 40 – 10/04/2024
EXPTE. Nº 713-832/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Téngase por reconocidas las diferencias salariales de la Bonificación Extraordinaria por Emergencia Sanitaria favor de la Señora Elva Juana Mamani CUIL 27-20104670-5, en el cargo categoría C-1 (i-1), Agrupamiento Profesional. Escalafón Profesional, Ley N° 4413. de la Unidad de Organización R6-01-01, Centro Sanitario Centro de Especialidades Norte, por el período comprendido entre el 01 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio-
ARTÍCULO 2º.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria 03- 10-15-01-26, para el Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicio Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” DEUDA PUBLICA Ejercicio 2023 – Ley N° 6325, la erogación que demande el pago de la Bonificación Extraordinaria por Emergencia Sanitaria a la Señora Elva Juana Mamani por el período comprendido entre el 30 de agosto de 2016 hasta el 30 de junio de 2017, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores, en virtud de to dispuesto por el artículo 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para Difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR