BOLETIN OFICIAL Nº 39 – 08/04/2024
Dra. Norma B. Issa, Pte. de Trámite en la Voc. 9 de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el EXPTE. N° C-153.971/19, daños y perjuicios: RAFAEL ANTONIO PUCA c/ JULIO EFRAÍN QUISPE, procede a notificar el siguiente proveído: San Salvador de Jujuy, 15 de abril del año 2021…De la demanda interpuesta y sus ampliaciones, córrase TRASLADO a la parte demandada JULIO EFRAIN QUISPE Y LUCSOL S.R.L., a quienes se cita y emplaza para que la contesten, dentro del plazo de QUINCE (15) DIAS, de sus notificaciones, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieren (art. 298 del C.P.C.) Asimismo, INTIMASE a los demandados para que constituyan domicilio dentro de los TRES (3) KILOMETROS del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificados por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (art. 52 del C.P.C.).- II) Notifíquese el punto I) del proveído de fs. 5. I): Por presentado el Dr. Ariel H. Chauque, por constituido domicilio, en nombre y representación de la parte actora: RAFAEL ANTONIO PUCA, a merito de la fotocopia juramentada da Poder Gral. Para juicios, que lucen a fs. 02/03 y vlta…- III) Notifíquese (art. 155/6 del C.P.C.).- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario Local de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, por tres veces en cinco días. San Salvador de Jujuy, 15 de Mayo de 2023.-
03/05/08 ABR. LIQ. Nº 35474 $2.250,00.-