BOLETIN OFICIAL Nº 39 – 08/04/2024
El Dr. José López Iriarte, Juez de la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial, Vocalía Nº 2, en el Expte. Nro. C-172398/2021” Prescripción Adquisitiva de Inmueble en Expte. Ppal: C-88518/2017: “FABBRO NESTOR GABRIEL, REYNOSO MARCELA DEL VALLE Y OTROS c/ HERNANDEZ HUGO, HERNÁNDEZ JESUS”, cita y emplaza a todos aquellos que se consideren con derecho sobre los inmuebles a usucapir, y los notifica del proveído dictado en la presente causa “San Salvador de Jujuy, 11 de diciembre de 2023. I.- Atento lo normado por el art. 537 del Código Procesal Civil, de la demanda por prescripción adquisitiva de dominio interpuesta córrase traslado a los titulares registrales, señores Hugo Hernández y Jesús Hernández; al Estado Provincial, a la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y a Todos Aquellos que se Consideren con Derechos sobre los inmuebles a usucapir, identificados como: PADRON A-12666; PADRON A-12667; PADRON A- 12668 y PADRON A-43839, ubicados en Los Molinos, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, a quienes se emplazan para que comparezcan ante este Tribunal a contestarla dentro del término de Quince (15) Días hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a contestarla si así no lo hicieren (art. 298 y art. 531 del C.P.C. modif. Ley 5486). II.- Intímeselos para que en igual término, constituyan domicilio legal dentro del radio de los tres kilómetros del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarse en lo sucesivo por Ministerio de la Ley. III.- A efectos de la notificación de todos los que se consideren con derecho, notifíquese el presente proveído mediante Edictos por tres veces dentro del periodo de cinco días en el boletín oficial y un diario local, haciéndole saber a la parte actora que deberá acreditar con la certificación respectiva, la exhibición de los edictos en la Municipalidad de San Salvador de Jujuy y la transmisión mediante radiodifusión local, durante treinta días (art. 535 del C.P.C.). IV.-…VI.- Notifíquese por cedula. Fdo.: Dr. José A. López Iriarte- Juez. Ante mi: Dra. Eleonora Calluso- Secretaria”.- San Salvador de Jujuy, 12 de Marzo de 2024.- Dra. Eleonora Calluso- Secretaria.-
05/08/10 ABR. LIQ. Nº 35403 $2.250,00.-