BOLETIN OFICIAL Nº 38 – 05/04/2024
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO Nº 0662.24.041.-
EXPEDIENTE Nº 16-3606-2024-1.-
San Salvador de Jujuy, 22 MAR. 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 7997/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 03/2024 de fecha 14 de marzo de 2024, mediante el cual se crea “El Programa de Educación Económica y Financiera para la Sociedad”, en el marco de adhesión al Artículo 211° de la Ley Nacional 27.440 y los Derechos establecidos en los Artículos 18°, 37°, 47°, 51°, 72°, 81°, 83° y 93° de la Constitución de la Provincia de Jujuy y los Artículos 12°, 13° y 145° de la Carta Orgánica Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Desarrollo Humano, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 7997/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 03/2024 de fecha 14 de marzo de 2024, mediante la cual se crea “El Programa de Educación Económica y Financiera para la Sociedad”, en el marco de adhesión al Artículo 211° de la Ley Nacional 27.440 y los Derechos establecidos en los Artículos 18°, 37°, 47°, 51°, 72°, 81°, 83° y 93° de la Constitución de la Provincia de Jujuy y los Artículos 12°, 13° y 145° de la Carta Orgánica Municipal.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo, Dr. JULIO RODRIGO ALTEA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Potencial Ciudadano, Coordinación General de Comunicación y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente