BOLETIN OFICIAL Nº 37 – 03/04/2024

Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 14, en el Expediente C-237778/2023, caratulado: Ejecutivo: BANCO MASVENTAS SOCIEDAD ANÓNIMA c/ LOPEZ, MIGUEL DARIO, se hace saber al demandado LOPEZ, MIGUEL DARIO (DNI 24611302), la siguiente Providencia: San Salvador de Jujuy 27 de Noviembre del 2023.- Proveyendo el escrito N° 991259: ….- Atento a lo solicitado y a la demanda ejecutiva deducida y lo ordenado por los arts. 472, 478 y correlativos del C.P.C.  líbrese en contra del demandado Sr. LOPEZ, MIGUEL DARIO DNI Nº 24.611.302, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS SETENTA y OCHO MIL CUATROCIENTOS OCHO CON DIECINUEVE CENTAVOS ($78.408,19) en concepto de capital reclamado con más la suma de PESOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS VEINTIDOS CON 45/100 ($23.522,45) presupuestada para responder a accesorias legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial al propio afectado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso expresen montos, nombre y domicilio del o los Acreedores y cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado y Secretaría, a oponer excepciones legítimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Córrase traslado a la parte demandada del pedido de intereses con las copias respectivas, y por el mismo término antes indicado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de tres Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de notificar en lo sucesivo por Ministerio de ley (Art.52 del C.P.C.).- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario.-…- Notifíquese y líbrese mandamiento.- Fdo.: Dra. Lis Valdecantos Bernal- Juez- Ante mí: Dra. Sandra Mónica Torres – Secretaria.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (Art.162 del C.P.C.) por tres veces en el término de cinco días.- Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de Edictos y que las copias se encuentran reservadas en Secretaría. Secretaria: Dra. Sandra Mónica Torres. San Salvador de Jujuy, 05 de Marzo de 2024.-

 

27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35276 $2.250,00.-