BOLETIN OFICIAL Nº 36 – 27/03/2024
El Dr/a. juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial – Sala III- Vocalía 9, en el Expediente C-116189/2018, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PAREDES, MARGARITA ROSA c/ LICASAL, JOSE, notifica a JOSE LICASAL, de la SENTENCIA, cuya parte dispositiva a continuación dese transcribe:“En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 15 días del mes de Febrero del año dos mil veinticuatro, reunidos en el Recinto de Acuerdos de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial, los Dres. Norma Beatriz Issa; Carlos Marcelo Cosentini y Alejandra María Luz Caballero bajo la Presidencia de la primera de las nombradas, vieron el Expte. Nº C-116189/18, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: PAREDES, MARGARITA ROSA c/ LICASAL, JOSE” del cual; La Dra. Norma Issa dijo: CONSIDERANDO… Por todo ello, la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, RESUELVE 1. Hacer lugar a la demanda promovida por la Sra. Margarita Rosa Paredes el dominio del inmueble ubicado en Avenida Comandante Espora esquina 9 de Julio de la localidad de Pampa Blanca; individualizado como Parcela 5, Circunscripción 4, Sección 1, Manzana 2, Padrón B-481 con una superficie de 985,35 m2 de la Localidad de Pampa Blanca de ésta Provincia de Jujuy, cuyas medidas, superficie y linderos surgen del plano de mensura para prescripción adquisitiva oportunamente agregado a la causa. 2. Determinar como fecha de adquisición del dominio el día 01/01/2011 (art. 1905 C.C.C.). 3.- Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541 CPC, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la Ley Nº 5486. 4.- Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de la Sra. MARGARITA ROSA PAREDES a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección Provincial de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título al accionante. 5.- Imponer las costas por el orden causado y diferir la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto se cuente con base económica cierta para ello. 6.-Protocolizar, notificar, hacer saber, dar copias. Fdo. Dra. Norma B. Issa -Presidente de Trámite- Dres. Carlos M. Cosentini y Alejandra M. L. Caballero -Vocales- ante mi Dra. Norma Graciela Alsina -Secretaria.- A tales fines, líbrese edictos que se publicaran en el Boletín Oficial y un diario local de la Provincia de Jujuy 3 veces durante cinco días cada una.- Fdo. Dra. Norma B. Issa. Pte. De Trámite. Ante mi Dra. Norma Graciela Alsina. Secretaria.- San Salvador de Jujuy, 21 de Marzo del 2024.-
27 MAR. 03/05 ABR. LIQ. Nº 35460-35459-35461 $2.250,00.-