BOLETIN OFICIAL Nº 34 – 22/03/2024
MODIFICACION CONTRATO SOCIAL-CESION DE CUOTAS SOCIALES INDUSTRIAS PLASTICAS ARGENTINAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.- Entre una parte: MARIA DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA; DNI N° 41.409.518,nacida el día 23/03/1998, soltera, estudiante, hija de Alfredo Abud Sadir y María de las Mercedes Espinosa, domiciliada en calle Las Heras n° 431,Barrio San Padrito de esta Ciudad; y por la otra: EMILIO LEONARDO ESPINOSA, DNI N° 16.032.095,CUIT N° 20-16032095-9, casado en primeras nupcias con ADRIANA BEATRIZ RIVERA, comerciante, nacido el día 06/11/1962 domiciliado realmente en calle Pachi Gorriti n° 1012, Barrio Almirante Brown, y fiscalmente en calle Las Heras n° 433 , deciden celebrar el presente acuerdo “ DENOMINADO CESION DE CUOTA SOCIAL Y MODIFICACION DEL CONTRATO SOCIAL que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERO: MARIA DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA, EMILIO LEONARDO ESPINOSA ambos son socios de la razón social “INDUSTRIAS PLASTICAS ARGENTINAS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”,CUIT Nº 30-68735168-8, con domicilio real y legal constituido en la calle Las Heras nº 433,de esta ciudad, según así surge del Contrato constitutivo de fecha nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco, inscripto en el Registro Público de Comercio bajo el folio 408, Acta N° 405, Libro I de S.R.L. el 5 de julio de 1996 y bajo asiento 3, folio 12/18 del Legajo III-I el 5 de julio de 1996 del Registro de Escrituras Mercantiles; su Modificación de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil cuatro, inscripta en el mencionado Registro bajo Asiento nº 33, Folio 165/167, Legajo VII, de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L de esta Provincia; y Reconducción por Escritura publica n° 5 del 27/01/2015, autorizada por la Escribana Mariela Verónica Machado, Titular del Registro Notarial n°75, e inscripta bajo Asiento n° 32,folio 201/215, legajo XVIII, Tomo II, de marginales del Registro de Escrituras mercantiles de S.R.L. el día 03/06/2015.- SEGUNDO: María de las Mercedes Sadir Espinosa ES HEREDERA DECLARADA en el Juicio Sucesorio de su padre, tramitado en el Expediente C-082.801/17, caratulado “SUCESORIO: AB INTESTATO: SADIR, ALFREDO ABUD”, en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 4, Secretaria n° 7, según Declaratoria de Herederos de fecha tres de octubre del dos mil diecisiete.- TERCERO: Que con fecha veintisiete de abril del año 2017, por Escritura publica numero diecisiete, autorizada por la Escribana Mariela Verónica Machado, Titular del Registro Notarial numero setenta y cinco, María de las Mercedes Sadir Espinosa vendió y cedió a favor de Emilio Leonardo Espinosa el 50% de las cuotas sociales que tenia o le pudieran corresponder por ser única heredera.- CUARTO: Que en virtud de Decreto de fecha 28/10/2018 pasado en el expediente C-109386/18, tramitado por el Juzgado Civil y Comercial n°3, de esta Ciudad, la cesión mencionada quedo observada, situación que fue enmendada con el instrumento privado de modificación, distracto y cesión de cuota social de fecha 30/9/2019; donde María de las Mercedes Sadir Espinosa recibió de Emilio Leonardo Espinosa dos cuotas y media.-En consecuencia actualmente MARIA DE LAS MERCEDES SADIR ESPINOSA es titular de 40 cuotas sociales con una valor nominal de cien pesos cada una.- QUINTO: María de las Mercedes Sadir Espinosa vende, cede y transfiere a favor de EMILIO LEONARDO ESPINOSA 40 CUOTAS SOCIALES de valor nominal cien pesos cada una, con derecho a voto, por el precio total de DOS MILLONES DE PESOS ($2.000.000,00)que deberán ser abonados en dinero en efectivo en veinte (20)cuotas mensuales y consecutivas de CIEN MIL PESOS CADA UNA ($100) con vencimiento el día 25 de cada mes, siendo la primera cuota el día 25 de octubre del 2022 y la ultima el día 25 de mayo del año 2024, y que serán abonadas en el domicilio del comprador o donde el indique en el futuro, ya sea en dinero en efectivo o serán depositados en la caja de ahorro personal de la vendedora y que ambas partes declaran conocer y aceptar.- SEXTO: En consecuencia la cláusula cuarta del contrato constitutivo quedara redactada , modificando la cláusula CUARTA del contrato social queda modificada de la siguiente manera: “El capital social se fija en la suma de QUINCE MIL PESOS ($15.000) el que se divide en (150) cuotas de pesos cien ($100)cada una suscriptas e integradas por los socios de la siguiente manera: le corresponde A EMILIO LEONARDO ESPINOSA CIENTO CUARENTA CUOTAS (140) SOCIALES, Y ARIEL ADALBERTO MARTINEZ DIEZ cuotas (10) sociales de cien pesos ($100) HACIENDO UN TOTAL DE CIENTO CINCUENTA CUOTAS SOCIALES, con valor nominal de CIEN PESOS CADA UNA ($100)”.-El aporte de los socios se realiza en bienes de uso según balance que se acompaña y forma parte integrante del presente contrato”.- SEPTIMO: María de las Mercedes Sadir Espinosa declara que no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes, y se hacer Responsable Civil y Penalmente por esta declaración.- OCTAVO: Ambas partes manifiestan que la presente cesión será presentada para su inscripción cando el juicio sucesorio de Alfredo Abud Sadir finalice y que el Juez de la sucesión haya adjudicado las cuotas a la heredera.- NOVENO: ambas partes declaran bajo juramento de decir verdad que conocen la lista y las resoluciones de la UIF y que no son personas políticamente expuestas.- DECIMO: Autorizan a la Dra. Adriana Beatriz Rivera, MP N° 1642 para que pueda realizar todas las diligencias y tramites necesarios para la inscripción del presente instrumento, cuando las partes así lo dispongan y decidan.- DECIMO PRIMERO: las partes se someten a los tribunales ordinarios de la provincia de Jujuy, renunciando a cualquier otra jurisdicción, constituyendo domicilio en el mencionado supra.- En prueba de total conformidad y aceptación las partes suscriben cuatro ejemplares de un mismo tenor y efecto en San Salvador de Jujuy, el 13 de marzo del 2020.- ACT. NOT. Nº B 00548460- ESC. MARIELA VERONICA MACHADO- TIT. REG. Nº 75- S.S. DE JUJUY.-
RESOLUCION Nº 102-DPSC-2024- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-636-2022- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-
San Salvador de Jujuy, 16 de febrero de 2024.-
- LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
22 MAR. LIQ. Nº 35375 $1.100,00.-