BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 20/03/2024

MUNCIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO   N°  0591.24.040 .- ­    

EXPTE. Nº 16-3595/2024.1.-

San Salvador de Jujuy, 18 Mar. 2024.-

VISTO:­                                                                       

El Proyecto de Ordenanza N° 7987/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 03/2024, celebrada el día 14 de Marzo del año 2024, mediante la cual, sin perjuicio del procedimiento de actualización del Cuadro Tarifario del Servicio Público de Transporte Público Alternativo de Taxi y del Servicio Público de Taxis establecido en los Artículos 3° y subsiguientes de la Ordenanza N° 7952/2023, se fijan de manera excepcional las nuevas tarifas para dichos servicios a regir a partir de la promulgación de la presente ordenanza; y

CONSIDERANDO:­                                                                

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Servicios Públicos, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° inc. 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL INTENDENTE MUNICIPAL

DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY­

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 7987/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 03/2024, celebrada el día 14 de Marzo del año 2024, mediante la cual, sin perjuicio del procedimiento de actualización del Cuadro Tarifario del Servicio Público de Transporte Público Alternativo de Taxi y del Servicio Público de Taxis establecido en los Artículos 3° y subsiguientes de la Ordenanza N° 7952/2023, se fijan de manera excepcional las nuevas tarifas para dichos servicios a regir a partir de la promulgación de la presente ordenanza.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Servicios Públicos Dn. Guillermo Fernando Marenco, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Dirección General de Tránsito y Transporte, Coordinación General de Comunicación y a las Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo, remitiéndose copia del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente