BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 20/03/2024

El Dr. Enrique Rogelio Mateo, Juez de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE. N° C-076412/16 caratulado “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-022846/14: URSAGASTE MIRIAM SOFIA c/ ALVAREZ PRADO MERCEDES” ha dictado las siguientes providencias: “San Salvador de Jujuy, 09 de Noviembre del 2022. Atento a lo informado revócase por contrario imperio el decreto de fs. 192 y a fin de regularizar el trámite procesal, córrase traslado de la demanda a Mercedes Álvarez Prado (sus herederos) y a todos que se consideren con derecho sobre el inmueble a usucapir para que la contesten en el plazo de QUINCE DÍAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C.P. Civil, Art. 531º del C.P. Civil). Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. Diligencias a cargo de la parte interesada. Notifíquese por cédula. Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial.- Firmado por Vilte, Marcela Mercedes Del Carmen – Secretario de Cámara”/“San Salvador de Jujuy, 07 de Diciembre de 2022. Escrito Nro. 477126: atento a lo solicitado modifíquese el decreto de fecha 09/11/22, por lo tanto, se da por decaído por decaído el derecho a contestar la demanda a Mercedes Álvarez Prado debiendo publicar edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por cinco veces en tres días (Art. 162 del C.P. Civil). Notifíquese por Cedula. Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial.- Firmado por Vilte, Marcela Mercedes Del Carmen – Secretario de Cámara”. Publíquese en Boletín Oficial y un diario local tres veces en cinco (10) días.- San Salvador de Jujuy, 25 de Agosto de 2.023.-

 

18/20/22 MAR. LIQ. Nº 35378 $2.250,00.-