BOLETIN OFICIAL Nº 33 – 20/03/2024
EXPTE. N° 1400-451/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 FEB. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el artículo 2° del Decreto N° 9.846-MS/19, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 2°.- Dispóngase; a partir del día subsiguiente de finalizada la Disponibilidad, el Retiro Obligatorio por Invalidez del Cabo Gonzalo Alfredo Arquiza, D.N.I. N° 31.391.519, Legajo N° 17.234 por encontrándose comprendido en las disposiciones del artículo 14º inc. k) concordante con el articulo 22º inc. a) de la Ley N° 3.759/81.”
ARTÍCULO 2°.- Por Intermedio de la Unidad de Control Previsional dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, procédase a la regularización de los haberes de la administrada, conforme lo dispuesto por sentencias emitidas.
ARTÍCULO 3°.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 50° y concordantes de le Ley N° 1.886/48.
ARTICULO 4°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a la Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR