BOLETIN OFICIAL Nº 30 – 13/03/2024

Dr. Enrique Mateo, Vocal de la Sala Segunda de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de Trámite en el Expte. C-202714/2022 caratulado: “RESOLUCIÓN DE CONTRATO: REINHOLD, JUAN CARLOS c/ TU CASA S.R.L. y RUBIÑO, FERNANDO AGUSTIN”, se ha dictado la siguiente providencia: ” San Salvador de Jujuy, 09 de Junio del 2022.I.- Téngase por presentado al Sr. Juan Carlos Reinhold, con el patrocinio letrado del Dr. Italo Gerardo Pascuttini por parte y por constituido domicilio legal.  II.-  De la demanda ordinaria por resolución de contrato córrase traslado a TU CASA S.R.L. (con domicilio en calle Belgrano Nº 1027) y a FERNANDO AGUSTIN RUBIÑO (domiciliado en calle Las Heras Nº 830) para que la contesten dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 298 del C. P. Civil). III.- Intímase a los demandados para que en igual término constituyan domicilio legal dentro del radio asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de ley.IV.- Deberá el interesado confeccionar la diligencia digital correspondiente.  V.- Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. VI.- Intímase al Dr. Italo Gerardo Pascuttini para que en el plazo de CINCO DIAS dé cumplimiento con el pago de aporte inicial (Art. 22 inc. C – Ley 4764/96), estampilla profesional (Ley 3329/76), estampilla previsional, bajo apercibimiento de aplicar una multa de $500 por cada día de demora; y a acreditar en autos el pago de $250 (Ley 6003 – Anexo V – Art. 13 inc. b. – monto fijo) en concepto de tasa de justicia, bajo apercibimiento de comunicar los organismos pertinentes. VII.- Notifíquese por cédula. Firmado por Mateo, Enrique Rogelio – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Firmado por Vilte, Marcela Mercedes Del Carmen – Secretario de Cámara.- Publíquense EDICTOS por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un Diario local, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (Art. 162 del CPCivil). San Salvador de Jujuy, Noviembre 06 de 2.023.-

 

08/11/13 MAR. LIQ. Nº 35248 $11.250,00.-