BOLETIN OFICIAL Nº 31 – 15/03/2024

DECRETO Nº 12852-S/2023.-

EXPTE. Nº 714-1158-2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC.2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos —Ejercicio 2023 — Ley N° 6325, conforme se indica a continuación:

JURISDICCIÓN “R” MINISTERIO DE SALUD

  1. de O.: R6-01-02 “Hospital Pablo Soria”

SUPRÍMASE

Categoría N° de Cargos

E              1

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N°4135,

modif. Ley N° 4418

Total……..1

 

CREASE

Categoría N° de  Cargos

A

Agrup. Profesional

Escalafón Profesional

Ley N° 4135,

moclif. Ley N°4418

Total……1

ARTÍCULO 2°.-Téngase por designado en carácter de interino al Dr. Argañaras Carlos Absalon, CUIL Nº  24-32859279-3, en el cargo categoría A, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley Nº 4135 modificada por la Ley Nº 4418 para cumplir funciones de Médico Especialista en Oftalmología en la Unidad de Organización R6-01-02 Hospital “ Pablo Soria”, a partir del 01 de noviembre de 2022 y hasta el llamado a concurso correspondiente.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ejercicio 2023: Ley N° 6325, que a continuación se indican:

EJERCICIO 2023

Con la respectiva partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R -01-02 Hospital Pablo Soria.-

EJERCICIOS ANTERIORES

Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26-0: Para Pago Obligaciones No Comprometidas presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-

ARTÍCULO 4°.- El presente decreto será refrendado por tos Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincia del Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBÉN MORALES

GOBERNADOR