BOLETIN OFICIAL Nº 30 – 13/03/2024

DECRETO N° 9106-HF/2023.-

EXPTE. N° 246-177/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 AGO. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Adecúese a partir del 1° de diciembre de 2021 al personal perteneciente a la Planta Permanente dependiente de la Dirección Provincial de Personal que revista en el Escalafón Profesional de la Ley N° 4413 y 4418, en las categorías que se indica a continuación:

PERSONAL COMPRENDIDO EN EL ARTÍCULO 1º INCISO A) –DCTO ACDO 5064-HF/2021

 

 

APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE

CATEGORIA

A CATEGORIA
CAZON, LILIANA ELISABET 27-16971445-8 A-2

Ley 4413

A-3

Ley 4413

 

FIAD, MARIA VALERIA 27-25954720-8 A-2

Ley 4413

A-3

Ley 4413

 

OUX, VIVIANA ELIZABETH 27-23016163-7 A-4

Ley 4413

A-5

Ley 4413

 

APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE

CATEGORIA

A CATEGORIA
GENOVESE, ADRIANA ELINA 27-27232085-9 A-1

Ley 4413

A-2

Ley 4413

MONTERO, FABIANA ANGELA 23-21665633-4 B

Ley 4418

            C

Ley 4418

PANIRE, CECILA BEATRIZ 27-16886919-9 A-4

Ley 4413

A-5

Ley 4413

PERALTA, HECTOR RAUL 20-18130574-7 A-1

Ley 4413

A-2

Ley 4413

SANCHEZ, DAVID RAMON 20-16008462-7 A-1

Ley 4413

A-2

Ley 4413

VAZQUEZ, MARIA FÉRNANDA 27-28250454-0 A-2

Ley 4413

A-3

Ley 4413

 

PERSONAL COMPRENDIDO EN EL ARTÍCULO 1º INCISO b) DCTO-ACDO 5064-HF-2021.-

 

APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE

CATEGORIA

           A CATEGORIA
ARANIBAR, FERNANDO MARINO 20-25448550-1 A-1

Ley 4413

A-2

Ley 4413

 

 

ARTICULO 2°.-  La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto, se atenderá con las siguientes partidas:

EJERCICIO 2021 y 2022

La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 1A Dirección Provincial de Personal.

EJERCICIO____ 2023

La partida de Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 1A Dirección Provincial de Personal, la que de resultar insuficiente tomara fondos de la partida 01-01-01-01-01 100 Regularización Decretos 5034-HF-2021 y 5351-HF-2022, corresponde a la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro.

PARA EJERCICIOS ANTERIORES – (PERIODO NO CONSOLIDADO)

Si los hubiera, se atenderá con la partida 03-10-15-1-26-0 “P/Pagos obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores”, prevista en la Jurisdicción

“L” DEUDA PUBLICA del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6325/22.-

ARTICULO 3º.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de los créditos presupuestario que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente decreto. –

ARTICULO 4°.-  Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Gobierno Abierto para difusión. Cumplido gírese a Contaduría de la Provincia Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección de Personal y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas. –

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR