BOLETÍN OFICIAL Nº 97 – 31/08/15
EXPTE. Nº 0300-104/2015.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 JUL. 2015.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Otórgase Personería Jurídica a favor del CENTRO VECINAL 240 VIVIENDAS-ASOCIACION CIVIL, con asiento en el Barrio Alto Comedero de esta Ciudad y, consecuentemente, apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y cinco (35) Artículos, y corre agregado de fs.42 a 51 de autos.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR