BOLETIN OFICIAL Nº 27 – 06/03/2024
DECRETO N° 12184-HF/2023.-
EXPTE. N° 512-01/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 NOV. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase la Planta de Personal Permanente de la Unidad de Organización 2B Tesorería de la Provincia, dependiente de la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, como se detalla a continuación:
CREASE:
PERSONAL DE ESCALAFON GENERAL – LEY Nº 3161
CARGOS CATEGORIA
- 3
ARTICULO 2º.- Designase en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “C” Ministerio Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 2B Tesorería de la Provincia, al Sr. MARIO
HUMBERTO DOMINGUEZ, CUIL N° 20-25064173-8, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3°.- Designase en el cargo Categoría 3, Agrupamiento Administrativo, Escalafón General – Ley N° 3161, de la Planta de Personal Permanente de la Jurisdicción “C” Ministerio e Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 2B Tesorería de la Provincia al Sr. JAVIER SAJAMA, CUIL N° 20-26988488-7, a partir de la fecha del presente Decreto.-
ARTÍCULO 4°.- Lo dispuesto en el presente Decreto se atenderá con las respectivas partidas de Gasto en Personal asignadas a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, Unidad de Organización 2B Tesorería de la Provincia, para la cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar el refuerzo que corresponda tomando fondos de la partida 1-1-1-21-9 Personal Contratado, de la Unidad de Organización antes mencionada y las cuales de resultar insuficientes tomarán fondos de la partida 01-01-01-01-97 Regularización Decreto N° 3510-G-21 asignada a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos Ley N° 6325, Ejercicio 2023.‑
ARTICULO 5°.- Téngase por resueltos los contratos de Locación de Servicios suscriptos oportunamente entre el Estado Provincial y los agentes MARIO HUMBERTO DOMINGUEZ, CUIL N° 20-25064173-8 y JAVIER SAJAMA, CUIL N° 20-26988488-7.-
ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, pase a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Tesorería de la Provincia. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas. –
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR