BOLETIN OFICIAL Nº 27 – 06/03/2024

DECRETO N° 12177-HF/2023.-

EXPTE. N° 512-37/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 NOV. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Adecúese a partir del 1° de diciembre de 2021 al personal perteneciente a la Planta Permanente dependiente de TESORERIA DE LA PROVINCIA que revista en el Escalafón Profesional Leyes N° 4413 y N° 4418, en las categorías que se indican a continuación:

APELLIDO Y NOMBRE CUIL DE CATEGORIA A CATEGORIA
ARDUINO FABIANA GABRIELA 27-25613233-3 C-2 C-3
LOPEZ HERNAN ESTEBAN 20-27493472-8 B-2 B-3 –
BRILS KARINA TATIANA 27-23923005-4 A-2 (i-1) A-3 (i-1)
GUZMAN SONIA REBECA 27-22777160-2 A-4 A-5

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 2°.- La erogación que demande lo dispuesto por el artículo anterior, se atenderá con la partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente que a continuación de detalla:

EJERCICIO 2021 y 2022

La Partida de Gastos en Personal asignada a la Unidad de Organización C 2B Tesorería de la

Provincia, correspondiente a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas.-

EJERCICIO 2023.-

La Partida de Gastos en Personal asignada a la Unidad de Organización “292 Tesorería de la Provincia, correspondiente a la Jurisdicción “C” Ministerio de Hacienda y Finanzas, la que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida “01-01-01-01-01-10pRegularización Decretos N° 5064 -HF-21 y N° 5351-HF-22, correspondiente a la Jurisdicción ” Obligaciones a cargo del Tesoro.

EJERCICIOS ANTERIORES:

Se imputarán a la Deuda Pública Provincial, partida 03-10-15-01-26 Pago Obligaciones No
Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, prevista en la Unidad de Organización “L” Deuda Pública del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, Ley 6325/22.

ARTICULO 3°.- Autorízase a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de créditos presupuestarios que resulten necesarios para la atención de las disposiciones del presente decreto.

ARTICULO 4°.- Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Tesorería de la Provincia. Cumplido, vuelva a este Ministerio de Hacienda y Finanzas.

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR