BOLETIN OFICIAL Nº 27 – 06/03/2024
DECRETO N° 8338-HF/2023.-
EXPTE. N° 500-339/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 MAY. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otorgase, por única vez y con carácter excepcional, a favor de los agentes alcanzados por los Decretos-Acuerdos N° 4371-H-09, N° 4373-H-09, N° 4374-H-09, N° 4375-H-09, N° 3435-H-13, N° 6357-HF-2018 y Nº 7464-HF-2018 y sus respectivos modificatorios, un Suplemento No Remunerativo No Bonificable equivalente al 50% de los Adicionales reconocidos en los mencionados actos administrativos, con el alcance expresado en el exordio que integra el presente.-
Dicho Suplemento se liquidará junto con el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del año 2023, a favor del personal que tuviere derecho a percibir el mismo, y en la proporción que por tal concepto le corresponda.
ARTICULO 2°.- Las disposiciones reglamentarias o interpretativas que demande el cumplimiento del presente ordenamiento, serán dictadas por el Ministerio de Hacienda y Finanzas en la oportunidad que en cada caso se requiera.
ARTICULO 3°.- La erogación emergente del presente, se atenderá con la partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, autorizándose al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para su implementación.
ARTICULO 4°.- Invitase a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente decreto.
ARTICULO 5°.- Regístrese.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en el Boletín Oficial en forma sintética, y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión.- Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo, y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR