BOLETIN OFICIAL Nº 25 – 01/03/2024

Dr. Alsina, Jorge Daniel Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-232067/23 caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: SAJAMA, ELSA c/ FARFAN, CALIXTO y otro, notifica a CALIXTO FARFÁN y ESTADO PROVINCIAL, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados, que se ha dictado las siguientes providencias: San Salvador de Jujuy, 09 de junio de 2022. I– Proveyendo al escrito Nº86214: Téngase por presentada a la Dra. CAROLINA HEBE ORRILLO en nombre y representación de ELSA SAJAMA, a mérito de la copia debidamente juramentada de poder general para juicios que adjunta, por parte y constituido domicilio legal. II– Proveyendo al escrito Nº 859082: Previo a correr TRASLADO de demanda, dese cumplimiento con lo que se ordena a continuación. III– Citase a la MUNICIPALIDAD DE TILCARA en los términos del Art. 534 Inc. 2 de la Ley 5486 para que tome onocimiento del presente juicio, y si considera afectado sus derechos pida participación como demandado dentro del término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. IV– Asimismo, citase a los colindantes del inmueble: PASTORA SAJAMA y SONIA NATIVIDAD CORIA, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. V– Citase y emplazase a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón I-850, Circunscripción 1, Sección 4, Manzana (-), Parcela S/Nº, Matrícula I-3419 y Padrón S/Nº, Circunscripción 1, Sección 4, Manzana (-), Inscripción de Dominio Art. 236 del C.C. y Com., ubicado en Dto. Juella – Tilcara, Dpto. Tilcara de esta Provincia de Jujuy, de titularidad registral de: CALIXTO FARFÁN y ESTADO PROVINCIAL, a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandados dentro del término de QUINCE DÍAS, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días. VI– Asimismo, ordénase la exhibición de los EDICTOS ordenados precedentemente en la Municipalidad de Tilcara y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. VII.- Intímese a la parte actora a colocar el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de QUINCE DÍAS. VIII.- Actuando en autos el principio contenido en el Art. 50 y 72 del C.P.C., impónese la carga de confeccionar las diligencias ordenadas precedentemente, las que deberán ser presentadas a través del S.I.G.J. como diligencias colaborativas. IX–….- Notifíquese por cédula. Firmado por Alsina, Jorge Daniel – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial – Firmado por Fiad, María Florencia – Prosecretario Técnico Administrativo”.- Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por tres veces en cinco días, haciéndose saber que se tendrá por notificado desde la última publicación de los mismos (art. 162 del C.P.C.).- San Salvador de Jujuy, 29 de Septiembre de 2023.-

 

28 FEB. 01/04 MAR. LIQ. Nº 35024 $2.250,00.-