BOLETIN OFICIAL Nº 21 – 21/02/2024

DECRETO ACUERDO Nº 208-HF/2024.-

EXPTE. N° 500-08/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 ENE. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Fíjense, a partir del 1° de febrero de 2024 los montos que, como base o tope respectivamente, se establecen para cada forma de contratación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 19° del Decreto-Acuerdo N° 3716-H-78 “REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO”:

a)        LICITACIÓN PÚBLICA:

En compras o ventas cuyos montos superen los …………………………………………………………..$ 150.000.000.‑

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos excedan la suma de…………………….$ 500.000.000.‑

b)        LICITACIÓN PRIVADA:

En compras o ventas cuyos montos no superen los………………………………………………………. $ 150.000.000.‑

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos no excedan la suma de………………. $ 500.000.000.‑

c)        CONCURSO DE PRECIOS

En compras o ventas cuyos montos no superen los………………………………………………………. $ 100.000.000.‑

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos no excedan la suma de………………… $ 300.000.000.‑

d)        CONTRATACIONES DIRECTAS:

En compras o ventas cuyos montos no superen los……………………………………………………….. $ 30.000.000.‑

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos no excedan la suma de………………… $ 100.000.000.‑

 

ARTÍCULO 2°.- Los montos indicados se establecen como presupuestos oficiales para cada forma de contratación en los respectivos procedimientos de compras, ventas o contratación de obras públicas y publicidad. En caso de que la mejor oferta presentada en el mecanismo de contratación empleado supere en más de un veinte por ciento (20%) el límite correspondiente deberán cumplimentarse los requisitos exigidos para la modalidad que resulte aplicable.-

ARTÍCULO 3°.- Toda contratación de publicidad, cuando se trate de sumas mayores a PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) deberá ser autorizada por Decreto del Poder Ejecutivo.-

ARTÍCULO 4°.- Previa toma de razón de Fiscalía de Estado, publíquese -en forma sintética en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento de la Auditoria General de la Provincia, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete, Ministerios de Hacienda y Finanzas, de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, de Desarrollo Económico y Producción, de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda, de Salud, de Desarrollo Humano, de Educación, de Cultura y Turismo, de Seguridad y de Planificación Estratégica y Modernización. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR