BOLETIN OFICIAL Nº 21 – 21/02/2024
DECRETO N° 30-CyT/2023.-
EXPTE. N° 1300-383/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Modificase a partir del 10 de diciembre de 2.023 el presupuesto general de Gastos y Cálculos de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:
1. SUPRIMIR DE:
A-JURISDICCIÓN X2 – U. de O SECRETARIA DE CULTURA:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN CULTURAL 1
– COORDINACIÓN DE PATRIMONIO MUNDIAL 1
B.- JURISDICCIÓN X2C- U de O DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CULTURA
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE MUSEOS 1
C.- JURISDICCIÓN X2D- U de O DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE GESTIÓN DE PROYECTOS 1
D.- JURISDICCIÓN X3- U de O SECRETARIA DE TURISMO:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE UNIDAD DE PLANIFICACIÓN 1
– COORDINACIÓN DE TURISMO RURAL Y DESARROLLO LOCAL 1
– COORDINACIÓN DE DESARROLLO DE GASTRONOMÍA 1
E.- JURISDICCIÓN X5A- U. de O. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS 1
TOTAL 8
2.- CREAR EN:
A).- JURISDICCIÓN X1C- U. de O. ENTE DE PROMOCIÓN TURÍSTICA:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE PROMOCIÓN NACIONAL E
INTERNACIONAL Y EVENTOS TURÍSTICOS 1
B).- JURISDICCIÓN X2- U de O SECRETARIA DE CULTURA la U DE O:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA 1
C).- JURISDICCIÓN X2D – U. de O. DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PATRIMONIO, QHAPAQ ÑAN Y UNIDAD DE GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE QUEBRADA DE HUMAHUACA.
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE GESTIÓN CULTURAL 1
D).- JURISDICCIÓN X3- U. de O. SECRETARIA DE TURISMO:
– DIRECCIÓN PROVINCIAL DE TURISMO
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINACIÓN DE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO TURÍSTICO 1
TOTAL 4
3.- TRANSFERIR DE:
JURISDICCIÓN “X2” – U. DE O. SECRETARIA DE CULTURA
CARGO Nº DE CARGO
– ADMINISTRADOR DEL TEATRO MITRE 1
TOTAL 1
A:
JURISDICCIÓN Xl- U.DE O. MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO
CARGO Nº DE CARGO
– ADMINISTRADOR DEL TEATRO MITRE 1
TOTAL 1
ARTICULO 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el Artículo 1° del presente Decreto, créanse los cargos que a continuación se indican:
CARGO Nº DE CARGO
– COORDINADOR DE PROMOCIÓN NACIONAL E
INTERNACIONAL y EVENTOS TURÍSTICOS 1
– COORDINADOR ADMINISTRATIVO 1
– COORDINADOR DE GESTIÓN CULTURAL 1
– COORDINADOR DE GESTIÓN Y ORDENAMIENTO TURÍSTICO 1
TOTAL 4
ARTICULO 3°.- Déjese establecido que los titulares de las coordinaciones enunciadas por el artículo precedente, percibirán Coma remuneración la equivalente para el cargo de Director de Poder Ejecutivo Provincial.
ARTICULO 4°.- Modifíquense a partir del 10 de diciembre de 2.023 las denominaciones de:
a) Dirección de Cultura por la de “Dirección Provincial de Cultura”.
b) Dirección de Patrimonio por la de “Dirección Provincial de Patrimonio, Qhapaq Ñan y Unidad de Gestión y Administración de Quebrada de Humahuaca” y Director Provincial de Patrimonio por “Director Provincial de Patrimonio, Qhapaq Ñan y Unidad de Gestión y Administración de Quebrada de Humahuaca”
c) Coordinación de Artes e Industrias Culturales por la de “Coordinación de Industrias Culturales”, y Coordinador de Artes e Industrias Culturales por “Coordinador de Industrias Culturales”.
d) Coordinación de Calidad y Capacitación Turística por la de “Coordinación de Desarrollo de Productos, Innovación y Calidad y Capacitación” y Coordinador de Calidad y Capacitación Turística por “Coordinador de Desarrollo de Productos, Innovación y Calidad y Capacitación”
ARTÍCULO 50.- Déjense establecidas las dependencias orgánica funcional conforme se detalla a continuación:
a) Del Ministerio de Cultura y Turismo, bajo su jurisdicción sé encuentra:
– Secretaría de Cultura
– Secretaría de Turismo
– Secretaría de Gestión y Administración
– Ente de Promoción Turística Administrador del Teatro Mitre
b) De la Secretaría de Cultura, bajo su jurisdicción se encuentran: Dirección Provincial de Cultura y sus dependencias.
– Dirección Provincial de Patrimonio, Qhapaq Ñan y Unidad de Gestión y Administración de Quebrada de Humahuaca y sus dependencias.
– Coordinación Administrativa.
c) De la Secretaría de Turismo, bajo su jurisdicción se encuentran:
– Dirección Provincial de Turismo y sus dependencias.
d) De la Secretaría de Gestión y Administración, bajo su jurisdicción se encuentran:
– Dirección General de Administración y sus dependencias.
– Asesor Legal
– Coordinación de Despacho
– Coordinación de Comunicación y Relaciones Institucionales.
e) Del Ente de Promoción Turística, bajo su jurisdicción se encuentra
– Coordinación de Promoción Nacional e internacional y Eventos Turísticos.
ARTICULO 6º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar la transferencia de créditos que resulten necesarios para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTICULO 7º.- Apruébese la nueva estructura orgánico-funcional del MINISTER O DE CULTURA Y TURISMO que, como Anexo I, forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 8º.- Apruébense las Misiones y funciones de las dependencias detalladas en el Anexo II, que forma parte integrante del presente Decreto.
ARTICULO 9º.- La erogación que demande la cobertura de los cargos que se crean por el artículo 2°, se atenderá con las Partidas de Gastos en Personal prevista en las respectivas Unidades de Organización que, en caso de resultar insuficiente, tomará fondos de la partida prevista en la Jurisdicción ‘K” OBLIGACIONES A CARGO DEL TESORO, 1-1-1-1-1-20 para Refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones, para lo cual se autoriza a Contaduría de la Provincia a realizar la transferencia de créditos que resulten necesarios.-
ARTICULO 10º.- El presente decreto será refrendado por los Sres. Ministros de Cultura y Turismo y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 11º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ministerio de Hacienda y Finanza, para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Cultura y Turismo a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR