BOLETIN OFICIAL Nº 21 – 21/02/2024

DECRETO Nº 11642-S/2023.-

EXPTE. Nº 714-1269/2019.-

AGDOS. N° 714-064/05, N° 714-595/06, N° 714-597/06, N° 700-654/06, N° 700-659/06, N° 714-659/06, N° 700-660/06, N° 714-660/06, N° 714-661/06, N° 714-665/06, N° 700-668/06, N° 700-682/06, N° 700-684/06, N° 700-693/06, N° 714-698/06, N° 700-702/06, N° 714-704/06, N° 700-740/06, N° 700-764/06. N° 714-1465/06, N° 714-1620/06. N° 700-024/07, N° 200-725/07, N° 200-728/07, N° 200-737/07, Nº 200-118/08, N° 200-119/08 N° 200-120/08, N° 200-122/08, N° 200-123/08, N° 200-124/08, N° 200-125/03, N° 200-137/08 N° 200-180/09 y N° 200-181/09.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Rectificase parcialmente el artículo 11° del Decreto N° 5523-S-2017, de fecha 7 de diciembre de 2017, en lo que respecta al Licenciado Carlos Alberto Quispe, CUIL 20-16991457-6, donde dice….por el periodo comprendido entre el 30 de diciembre de 1997 y el 13 de noviembre de 2014…”, deberá decir “…por el período comprendido entre el 30 de diciembre de 1997 y el 2 de noviembre de 2022”.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gestos y Cálculo de Recursos. Ejercicio 2023. Ley Nº 6325. que a continuación se indica:

 

EJERCICIOS ANTERIORES: (período no consolidado)

Deuda Pública Provincial “03-10-15-01-26: Para pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores.

 

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los Señores Ministros de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR