BOLETIN OFICIAL Nº 16 – 07/02/2024
Dr. Carlos Cosentini- Vocal de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial y Presidente de Trámite, en el Expte. C-144104/19, caratulado: “ORDINARIO POR COBRO DE PESOS POR SERVICIOS / TARJETAS DE CRÉDITO: BANCO MASVENTAS S.A. C/ ARGOTA LEONARDO CARLOS hace saber que se ha dictado las siguientes providencias: SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 Agosto de 2019. I) Por presentado el Dr. CARLOS DAMIAN AGUIAR, en nombre y representación de BANCO MAS VENTAS S.A., a mérito de la copia del Poder General para juicios, juramentada, que adjunta a fs. 2/5, por parte y por constituido domicilio. II) De la demanda interpuesta, TRASLADO al demandado Sr. ARGOTA LEONARDO CARLOS, a quien se cita y emplaza para que la conteste, dentro del plazo de QUINCE (15) DIAS de su notificación, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hiciere (Art. 298 del C.P.C.). Asimismo Intimase al demandado para que constituya domicilio dentro de los TRES KILOMETROS del asiento de esta Cámara en el mismo plazo antes fijado, bajo apercibimiento de considerarse notificado por Ministerio de la Ley, todas las resoluciones posteriores (Art. 52 del C.P.C.).- Impónese a la parte la obligación de confeccionar las diligencias pertinentes (deber de colaboración – Arts. 50 y 72 del C.P.C.).- III) Notifíquese Arts. 155 y 156 del C.P.C.-Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini- Juez, Ante mí, Dra. Claudia Cuevas- Secretaria. “San Salvador de Jujuy, 30 de noviembre de 2.023. I) Proveyendo el escrito Nº 966.814, atento a las constancias de fs. 51 vlta, 56/61, 70/71, 83, 87, 95 y oficio adjunto al S.I.G.J. en fecha 12.09.23, y lo peticionado por la parte actora, notifíquese mediante edictos la providencia de fs. 47, conforme lo normado por el Art. 162 del C.P.C. A tal fin, publíquese edictos en un diario local y en el Boletín Oficial tres veces en cinco días. II) Instrúyase al letrado solicitante a la confección de la diligencia pertinente, ello en virtud del deber de colaboración (Arts. 50 y 72 del C.P.C.); fecho, deberá ser presentada en Secretaría para su control y firma, con la carga procesal de acreditar su diligenciamiento. III) Notifíquese Art. 155 del C.P.C.- Fdo. Dr. Carlos M. Cosentini- Juez, ante mí, Proc. Sabrina García Goyena- firma habilitada.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres (3) veces en DIEZ (10) DÍAS, haciendo constar que los plazos serán computados a partir del décimo día posterior a la última publicación de edictos.-
02/05/07 FEB. LIQ. Nº 34882 $2.250,00.-