BOLETIN OFICIAL Nº 14 – 02/02/2024

DECRETO Nº 65-JG/2023.-

EXPTE. Nº 200-26/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Designense, a partir del 10 de diciembre de 2023, a los funcionarios dependientes de la Jefatura de Gabinete de Ministros, que seguidamente se nominan, en los cargos que en cada caso se indica:

  1. Señora ROSANA LILIANA RUIZ, D.N.I. N° 28.856.484, Coordinadora de Gobierno de la Jefatura de Gabinete de Ministros con una remuneración equivalente a la de Director Provincial del Poder Ejecutivo, con más el adicional por mayor dedicación equivalente al treinta y tres por ciento (33%), dispuesto en el Decreto-Acuerdo N° 81- HF-2015 y más el adicional por Función Técnica y de Control, que tendrá carácter remunerativo y bonificable, equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%), sobre el haber mensual que, por todo concepto le corresponda, previsto en el Decreto N° 5997-G-22;
  2. Ingeniero Agrónomo GUSTAVO WILLIANS CARRION, D.N.I. N° 22.094.597, Coordinador Institucional de la Jefatura de Gabinete de Ministros con una remuneración equivalente a la de Director Provincial; con más el adicional por mayor dedicación equivalente al treinta y tres por ciento (33%), dispuesto en el Decreto- Acuerdo N° 81-HF-2015 y más el adicional por Función Técnica y de Control, que tendrá carácter remunerativo y bonificable, equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%), sobre el haber mensual que, por todo concepto le corresponda, previsto en el Decreto N° 5997-G-22;
  3. Señor JORGE SEBASTIAN MORALES, D.N.I. N° 25.377.409, Coordinador de Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros con una remuneración equivalente a la de Director Provincial; con más el adicional por mayor dedicación equivalente al treinta y tres por ciento (33%), dispuesto en el Decreto-Acuerdo N° 81- HF-2015 y más el adicional por Función Técnica y de Control, que tendrá carácter remunerativo y bonificable, equivalente al ochenta y cinco por ciento (85%), sobre el haber mensual que, por todo concepto le corresponda, previsto en el Decreto N° 5997-G-22;

 

ARTICULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Oficina Anticorrupción para conocimiento, Cumplido, vuelva a la Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR