BOLETIN OFICIAL Nº 13 – 31/01/2024

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

DECRETO N° 073 –G -2024.-

CIUDAD DE PERICO, 26 ENE. 2024.-

Ref.: Desvinculación de Empleados.-

VISTO:

El aumento desproporcionado de los Empleados Municipales debido a las incorporaciones de personal en la Municipalidad de Ciudad Perico y;

CONSIDERANDO:

Que los últimos titulares del Departamento Ejecutivo Municipal dispusieron mediante varios Decretos y Contratos de Servicios las incorporaciones de personal que pasaron a revestir como jornalizados y contratados respectivamente.

Que en especial resulta reprochable el accionar del ex intendente interino Walter Cardozo al disponer la incorporación del personal mencionado en la parte dispositiva de la presente, toda vez que se encontraban vigentes a la época de las incorporaciones las Leyes Provinciales 4439/89 denominada “De Contención del Gasto Publico” con sus modificatorias, la Ley 5427/04 de Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal con sus modificatorias, la Ley Provincial 5153 con sus modificatorias y Ley de Ética Pública.

Que la incorporación de Personal implica necesariamente un aumento del gasto para la administración pública, por lo que haber tomado la decisión de aumentar la planta de personal resulta un accionar que genera un daño económico a las arcas de la Municipalidad.

Que según la información reunida desde la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad y tras el cambio de gestión municipal, no ha sido posible cumplir a la fecha de pago (cronograma de pagos) con las obligaciones financieras en el pago de los haberes del mes de noviembre/23 y Diciembre/23, en especial el pago total de los sueldos del personal del escalafón general, profesionales, personal jerárquicos, así como también se vieron afectados los pagos de embargos judiciales, además del dar cumplimiento dl pago de los acreedores municipales.

Que vale poner de resalto la irresponsabilidad de incrementar el personal en un Interinato, que solo estuvo en funciones a cargo del Departamento Ejecutivo por nueve meses, pretendiendo la estabilidad o continuidad de los empleados incorporados. Incluso cambiando la situación de revista del personal jerárquico, pasando a jornalizados de segunda categoría mediante Decretos.

Que las incorporaciones recientes como jornalizados o contratados no gozan de la estabilidad propia de los empleados municipales, como así tampoco de continuidad laboral debido a las incipientes altas soslayando las normas antes mencionadas.

Que surge de la información brindada por el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy (página web) y contestación de fecha 13 de diciembre de 2.023 de la Directora del Boletín Oficial Com. Soc. Carola Polacco que las Ordenanzas Municipales Nº 1.601/2023. REF: “PASE A PLANTA PERMANENTE DEL PERSONAL JORNALIZADO DE PRIMERA CATEGORIA Y JORNALIZADO DE SEGUNDA CATEGORIA DE MODO PROGRESIVO CONFORME ACTA ACUERDO DE FECHA 08/02/2023”. EXPTE. Nº 10.839/2.023 INIC. POR TODOS LOS CJLES, Nº 1.614/2.023 REF: “PASE A PLANTA PERMANENTE DE PERSONAL JORNALIZADO Y CONTRATADO-ESTABILIDAD LABORAL” EXPTE. Nº 10.872/2.023 y Nº 1.674/2.023 REF: “INCORPORACION A PLANTA PERMANENTE DE PERSONAL MUNICIPAL CONTRATADO Y JORNALIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO Y CONCEJO DELIBERANTE CON DOS AÑOS O MAS DE ANTIGÜEDAD. EXTENSION DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA 1.614/2.023 Y 1.601/2.023. EXPTE Nº 11091/2.023 INIC. POR LA MAYORIA DE LOS CONCEJALES”, NO FUERON PUBLICADAS porque NO INGRESARON A ESA REPARTICION, es decir que no se completó el procedimiento necesario para la vigencia de las mismas con la correspondiente publicación. Ergo no rige la continuidad laboral que dichas ordenanzas estipulan en su parte dispositiva.

Que no escapa a la administración pública municipal, sin perjuicio de su autonomía, las decisiones tomadas a nivel nacional por el reciente presidente, sobre todo en materia de reducción de gasto público en la prescindencia de los empleados públicos sin estabilidad laboral.

Que bajo el análisis de la documentación obrante en los legajos personales de los Agentes contratados que a continuación se detalla surge lo siguiente: 1.- ONTIVEROS ANTONELA MAGALI DNI 38.976.877 ingreso mediante contrato de locación de servicios con vigencia por el periodo desde el 01/04/2023 hasta 30/06/2023, 2.- GUTIERREZ DELFOR ALEJANDRO DNI 34.022.473 ingreso mediante contrato de locación de servicios con vigencia por el periodo desde el 01/03/2023 hasta 30/06/2023, 3.- VILLALBA BARBARA ELIZABETH DNI 31.525.708 ingreso mediante contrato de locación de servicios con vigencia por el periodo desde el 01/04/2023 hasta 31/12/2023 y 4.- ORELLANA LAUTARO MANUEL DNI 42.529.973 ingreso mediante contrato de locación de servicios con vigencia por el periodo desde el 01/02/2022 hasta 31/07/2023.

Que surge de los legajos personales de los contratados mencionados en el párrafo anterior, la ausencia de contratos vigentes, por lo que no hay necesidad de comunicación de recisión alguna, pues no existe tacita reconducción de los mismos.-

Por otro lado, los contratados VERA CRUZ SANTIAGO LUCAS RENE DNI 39.739.779 que fue incorporado mediante contrato de servicio por los periodos 01/04/2023 hasta el 30/06/2023, renovado por los periodos de 01/07/2023 al 01/07/2024 y RODRIGUEZ ANDREA LIS DNI 32.707.191 que fue incorporada mediante contrato de servicio por los periodos 15/03/2023 hasta el 15/06/2023, renovado por los periodos de 16/06/2023 al 30/09/2023 y 01/10/2023 al 30/09/2024.-

Que en relación a estos últimos contratados, Vera Cruz y Rodríguez, teniendo contrato vigente resulta necesario notificarles que por los motivos expuestos ut supra se decide hacer uso de la facultad resolutoria que detalla la Cláusula CUARTA de sus contratos.

Por todo ello, y en virtud de las facultades otorgadas por la Carta Orgánica

EL SR. INTENDENTE DE CIUDAD PERICO

DECRETA

ARTICULO 1°: DEJAR SIN EFECTO la incorporación como personal Jornalizado de los Sres. LAZARO SANDRA BELEN DNI 34.022.172 (incorporada el 01/07/2023); ALANIS ANA CAROLINA DNI 32.308.229 (incorporada el 01/04/2023); VARGAS ROXANA YANINA DNI 36.551.463 (incorporada el 17/07/2023); ALAVILA SOLANGE NEREA DNI 38.472.546 (incorporada el 01/04/2023); ROMERO MARCELO ARIEL DNI 32.058.111 (incorporado el 01/07/2023 como jornal y con antecedentes como Personal Jerárquico); VASQUEZ ROLANDO PEDRO DNI 16.364.944 (incorporado el 01/11/2023 como jornalcon antecedentes como personal jerárquico); JURADO CARLOS ARNALDO DNI 26.582.433 (incorporado el 01/07/2023); DIAZ JAVIER CLEMENTE DNI 26.850.655 (incorporado el 01/02/2023); TORO DANIEL ANTONIO DNI 33.844.506 (incorporado el 01/05/2023); GARCIA JOSE DANIEL MATIAS DNI 38.163.244 (incorporado el 01/04/2023; ACOSTA LORENA DE LOS ANGELES DNI 30.417.694 (incorporada el 01/04/2023); MEALLA MIGUEL ALEJANDRO DNI 36.504.715 (incorporado el 01/02/2022); PORTAL LUCIANA PAOLA DNI 33.249.201 (incorporada el 04/01/2022); SARA ANGEL ALFONSO DNI 42.582.583 (incorporado el 01/11/2021) .-

ARTICULO 2°: DEJAR SIN EFECTO la incorporación como personal contratado de los Sres. ORELLANA LAUTARO MANUEL DNI 42.529.973, ONTIVEROS ANTONELA MAGALI DNI 38.976.877, GUTIERREZ DELFOR ALEJANDRO DNI 34.022.473 y VILLALBA BARBARA ELIZABETH DNI 31.525.708.-

ARTICULO 3°: DEJAR SIN EFECTO la incorporación como personal contratado de los Sres. VERA CRUZ SANTIAGO LUCAS RENE DNI 39.739.779 y RODRIGUEZ ANDREA LIS DNI 32.707.191, comunicando que se hace uso de la facultad resolutoria contemplada en la Cláusula CUARTA  de sus contratos de servicios.-

ARTICULO 4º: Las desvinculaciones mencionadas en los ARTICULOS anteriores tendrán efecto desde el 31 de Enero de 2024 o desde la notificación a los afectados, lo que suceda con anterioridad.-

ARTICULO 5°: Pase al Concejo Deliberante para toma de razón.-

ARTICULO 6º:Comuníquese, a las distintas Secretarias, pase a Dirección de Recursos Humanos, Liquidación de Haberes y notifíquese a la parte interesada. Cumplido. ARCHIVESE.-

 

Ing. Rolando Pascual Ficoseco

Intendente