BOLETIN OFICIAL Nº 11 – 26/01/2024

N° 162.- ESCRITURA CIENTO SESENTA Y DOS: CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES DE AMANECER ANDINO S.R.L. otorgada por Mariana MARCENARO a favor de Alfredo GONZALES, María José GONZALES, Mariano GONZALES y Santiago GONZALES.- En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Doctor Manuel Belgrano, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los DOCE días del mes de SEPTIEMBRE del año dos mil veintitrés, ante mí, Mariana ANTORAZ, Escribana Pública, Titular del Registro Notarial sesenta y nueve, COMPARECEN: por una parte, los cónyuges entre sí en primeras nupcias Alfredo Antonio GONZALES FIGUEROA, argentino, Documento Nacional de Identidad trece millones doscientos cuarenta y dos mil setecientos treinta y cinco, C.U.I.T. Nº 20-13242735-7, nacido el día 14 de Abril de 1.957, Licenciado en Administración de Empresas, y Mariana MARCENARO, argentina, Documento Nacional de Identidad doce millones seiscientos mil quinientos cuarenta, C.U.I.L. Nº 27-12600540-2, nacida el día 14 de Junio del año 1.958; empresaria, y por otra parte los señores Alfredo GONZALES, argentino, Documento Nacional de Identidad treinta y tres millones seiscientos veintisiete mil seiscientos dieciocho, C.U.I.T. N° 20-33627618-8, casado en primeras nupcias con Sabrina Belén López Guerrero, Licenciado en Administración de Empresas, María José GONZALES, argentina, Documento Nacional de Identidad treinta y tres millones seiscientos veintisiete mil seiscientos diecinueve, C.U.I.L. N° 27-33627619-0, soltera, ambos nacidos el día 20 de abril del año 1.988, empresaria, Mariano GONZALES, argentino, Documento Nacional de Identidad treinta y cuatro millones trescientos veintiséis mil quinientos cincuenta y cinco, C.U.I.L. N° 20-34326555-8, nacido el día 2 de octubre del año 1.989, casado en primeras nupcias con María Fernanda Mora Vanegas, empresario, y Santiago GONZALES, argentino, Documento Nacional de Identidad treinta y cinco millones cuatrocientos setenta y nueve mil seiscientos treinta y siete, C.U.I.T. N° 20-35479637-7, nacido el día 1 de octubre del año 1.990, soltero, empresario, todos hijos de los primeros comparecientes, y denuncian domiciliado en calle Monteagudo 84, del Barrio 9 de Julio, de la Ciudad de Palpalá, Departamento Palpalá de esta Provincia, de tránsito en esta Ciudad. A.- IDENTIFICACIÓN e INTERVENCIÓN: Los comparecientes son personas que identifico de conformidad a lo establecido por el Artículo 306 Inciso “b” del Código Civil y Comercial de la Nación, por ser personas de mi conocimiento DOY FE, también la doy de que TODOS concurren a este acto por sus PROPIOS DERECHOS. B.- CAPACIDAD: Los comparecientes declaran bajo fe de juramento ser plenamente capaces y no estar inmersos en los Artículos 44 y 45 del Código Civil y Comercial – Ley 26.994, no estar bajo ningún proceso judicial de incapacidad ni de restricción de su capacidad, y no existir sentencia que prohíba su actuar para ningún tipo de acto jurídico. C.- EXPOSICIÓN: La señora Mariana MARCENARO, DICE: Que es socia en un porcentaje del 40% del TOTAL del Capital Social con la cantidad de OCHENTA (80) CUOTAS SOCIALES de “AMANECER ANDINO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, C.U.I.T. N° 33-71518718-9, con domicilio social, legal y fiscal en calle Monteagudo 84 del Barrio 9 de Julio de la Ciudad de Palpalá, Departamento del mismo nombre de ésta Provincia, conforme surge de: 1) Contrato Social Constitutivo otorgado mediante Escritura 290 de fecha 30 de Diciembre del año 2.010, autorizada por ante el Escribano Luis Enrique Cabrera Granara, Titular del Registro Notarial 29, de ésta Ciudad, cuyo Primer Testimonio se encuentra debidamente inscripto en el Registro Público de Comercio al Folio: 12, Acta: 12; del Libro IV de S.R.L., Registrado con copia, bajo Asiento Nº14, Folio 82/86, Legajo XVI- Tomo I, del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L., en fecha 17 de Marzo del año 2.011; de la cual surge que el PLAZO de duración de la sociedad: es de 99 años y que la dicente es TITULAR de las 80 CUOTAS SOCIALES, 2) Designación de GERENTES y cambio de DOMICILIO SOCIAL, mediante Acta de reunión de socios Nº 6 de fecha 2 de Enero del año 2018, de la cual surge su designación como gerente a cargo de la Administración y Representación Legal de la Sociedad, y el domicilio social de la empresa es el denunciado ut-supra, la cual se encuentra debidamente transcripta mediante Escritura 34 de fecha 2 de Febrero del año 2.018, autorizada por ante la escribana Sabrina Belén López Guerrero, en aquel entonces Adscripta a éste Registro Notarial, cuyo Primer Testimonio se encuentra inscripto en el Registro Público de Comercio de la Provincia bajo Asiento 18 al Folio 232/246 del Legajo XXI, Tomo I de Marginales del Registro de Escrituras Mercantiles de S.R.L. en fecha 15 de mayo de 2018. Ambos documentos que en original tengo a la vista para este acto, doy fe. D.– CESIÓN GRATUITA DE CUOTAS SOCIALES: Seguidamente, la señora Mariana MARCENARO, viene por este acto y CEDE GRATUITAMENTE la TOTALIDAD DE LAS CUOTAS SOCIALES que tiene y le corresponde en la sociedad AMANECER ANDINO S.R.L. que ascienden a un total de OCHENTA (80) cuotas sociales a favor de Alfredo GONZALES la cantidad de 20 cuotas sociales, a favor de María José GONZALES la cantidad de 20 cuotas sociales, a favor de Mariano GONZALES la cantidad de 20 cuotas sociales y a favor de Santiago GONZALES la cantidad de 20 cuotas sociales. La presente cesión de cuotas comprende el aporte societario, y expresamente implica la cesión de cualquier ganancia, utilidad, beneficio, crédito, dividendo, o cualquier otro reparto no distribuido y devengado a la fecha entre los socios de esta sociedad, así como la cesión de cualquier otro derecho o acción que pudiera tener, por el motivo que fuera, no pudiendo en consecuencia la cedente efectuar reclamo de ningún tipo a la sociedad por el motivo o causa que fuera.- La TRADICIÓN efectiva de las CUOTAS SOCIALES a los cesionarios tiene lugar en este acto, sirviendo la presente de título suficiente para la tenencia por derecho propio. ACEPTACIÓN: Por su parte, los señores Alfredo GONZALES, María José Gonzáles, Mariano GONZALES, y Santiago GONZALES, ACEPTAN y agradecen la cesión de acciones societarias realizada por su madre a su favor, en los términos que anteceden. NOTIFICACIÓN: La presente cesión de cuotas sociales tiene efectos frente a la Sociedad desde el día de la fecha, quedando en consecuencia CADA UNO DE LOS SOCIOS con un total de CINCUENTA (50) CUOTAS SOCIALES, representado así un 25% del capital social. ASENTIMIENTO CONYUGAL: Se deja constancia que el señor Alfredo Antonio GONZALES FIGUEROA, cónyuge de la cedente, otorga en este acto formal asentimiento conyugal previsto en la normativa legal vigente, por estar en un todo de acuerdo a la cesión gratuita realizada por su esposa a favor de sus hijos en los términos que anteceden. E.– DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS: GERENTES: Los comparecientes dejan constancia que si bien la señora Mariana MARCENARO dejó en este acto de ser SOCIA de la sociedad al haber cedido la totalidad de sus cuotas sociales, tal circunstancia no conlleva la renuncia a su cargo de GERENTE, en consecuencia, su calidad de GERENTE se mantiene intacta, conservando el cargo conforme lo establece el Acta de reunión de socios 6 antes referida, JUNTO con Alfredo Gonzáles, Mariano Gonzáles María José Gonzáles y Santiago Gonzáles, quienes continuarán ejercido en forma INDISTINTA la dirección, administración y uso de la firma social hasta la finalización de la sociedad. DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO: Los socios accionistas denuncian que el correo electrónico para toda notificación que deba efectuarse a la entidad es: bodega@amanecerandino.com. UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA: En este acto, los socios declaran bajo juramento que NO se encuentran incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Personas Expuestas Políticamente” Resolución 11/2011 aprobada por la Unidad de Información Financiera, que han leído y suscripto en este acto. INSCRIPCIÓN: De conformidad al artículo 6 de la Ley General de sociedades 19.550 artículo 6 in fine, modificado por Ley 26.994, los cesionarios AUTORIZAN expresamente a la Escribana suscripta o a su Adscripta a realizar todos y cada uno de los trámites que fueran menester a fin de lograr la inscripción de la presente cesión en el Registro Público de Comercio de la Provincia. F.– CONSTANCIAS NOTARIALES: CERTIFICADO: Del certificado expedido por el Registro Inmobiliario de la Provincia bajo el número 012190, resulta que la cedente, no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes. VERIFICACIÓN: Por su parte, la Escribana actuante VERIFICA y deja formal constancia que efectivamente AMANECER ANDINO S.R.L. tiene actualmente su SEDE SOCIAL en calle Monteagudo 84, Oficina 13 del Barrio 9 de Julio la ciudad de Palpalá, Jurisdicción del Departamento del mismo nombre de esta Provincia, donde se encuentra funcionando la ADMINISTRACIÓN y DIRECCIÓN de las actividades de la empresa, lo que le consta por conocimiento personal y le permite DAR FE. G. CONSTANCIAS IMPOSITIVAS. RETENCIÓN: IMPUESTO DE SELLOS: Se retiene a la parte cesionaria por tales conceptos la suma de $15.071,73, equivalente al 1% del VALOR de las cuotas sociales transmitidas que surge del CAPITAL SUSCRIPTO más el AJUSTE DE CAPITAL conforme los estados contables de la empresa del ejercicio económico Nº 7 finalizado el 31/12/2022 donde el valor de las 200 cuotas sociales asciende a $3.767.933,25, y en consecuencia, 1 cuota social equivale a $18.839,66 y 80 cuotas sociales equivalen a $1.507.173,30, para ser abonados en la Dirección Provincial de Rentas. Se deja constancia que el balance fue confeccionado por la Contadora Pública Nacional María Gabriela Zamora, M. P. 1455 debidamente certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Jujuy en fecha 31/07/2023. IDENTIFICACIÓN e INSCRIPCIÓN TRIBUTARIA: Conforme a lo establecido por las Resoluciones Generales de la A.F.I.P. 348/99, 1817/2005 y 1863, los otorgantes me hacen entrega de sus constancias de identificación (C.U.I.T.). H. LEGAJO DE COMPROBANTES: Se agrega al Legajo de Comprobantes como parte integrante de la escritura 161 del día de la fecha y que antecede: Copia de los instrumentos referidos en el apartado C, punto 1 y 2. Y como parte integrante de la presente escritura 105 de fecha 16/06/2023 Constancias de C.U.I.L. y Certificados del REDAM de los otorgantes del acto, y por último como parte integrante de la presente escritura: Original del certificado de no inhibición, y Balance Contable de la sociedad del ejercicio económico 7. Previa lectura y conformidad firman los comparecientes, todo por ante mí, Escribana autorizante, doy fe. Hay SEIS firmas ilegibles, cada una con su correspondiente aclaración de puño y letra que dicen: “ALFREDO GONZALES F.”, “MARIANA MARCENARO”, “ALFREDO GONZALES”, “MARIA JOSÉ GONZALES”, “MARIANO GONZALES” y “SANTIAGO GONZALES”. Esta mi firma y sello notarial.- CONCUERDA: fielmente con su escritura matriz, que pasó por ante mí a los folios 738 al 741 del Protocolo “A” del Registro Notarial Sesenta y Nueve a mi cargo, doy fe. Para LOS CESIONARIOS: Alfredo GONZALES, María José GONZALES, Mariano GONZALES y Santiago GONZALES, expido este PRIMER TESTIMONIO en TRES hojas de Actuación Notarial B00261209 a la B00261211, las que firmo y sello en el lugar de su otorgamiento el 28/09/2023.- ESC. MARIANA ANTORAZ- TIT. REG. Nº 69- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 781-DPSC/2023-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-437/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 10 de Noviembre de 2023.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el ESC. MARIANA ANTORAZ, en carácter de persona autorizada por “AMANECER ANDINO S.R.L.” solicita, la INSCRIPCION DE CESION DE CUOTAS SOCIALES, y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR, la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día de Escritura Publica numero ciento sesenta y dos (162) de fecha 12 de Septiembre de 2023 de “AMANECER ANDINO S.R.L.”, cuyas copias obran en autos.-

ARTÍCULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

26 ENE. LIQ. Nº 34948 $1.100,00.-