BOLETIN OFICIAL Nº 10 – 24/01/2024
CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENANZA Nº 1699/2.024.-
REF.: “DEROGAR PARCIALMENTE LAS ORDENANZA Nº 1.674/2023 y ORDENANZA Nº 1.682/2023. EXPTE. N° 11357 BIS/2023.-
VISTO:
La ordenanza Nº 1.674/2023 Ref.: “Incorporación a Planta Permanente de Personal Municipal Contratado y Jornalizados de la Municipalidad de Perico y Concejo Deliberante con 2 (dos) años o más de antigüedad. Extensión del Plazo Establecido en la Ordenanza N° 1.614/2.023 y 1.601/2.023, y Ordenanza Nº 1.682/23 Ref.: Rectificación del Articulo 3º 1ª parte y Articulo 4º en el orden 8 de la ordenanza 1674/23
CONSIDERANDO:
Que, tanto en la Ordenanza Nº 1.674/23, y la Ordenanza 1.682/23 se puede observar claras falencias ya que en el Articulo 8º de la primera determina el ingreso a Planta permanente a partir del 01 de Noviembre de 2.023, al personal que posea como mínimo dos (2) años o mas de antigüedad y en su art. 2º ordena la extensión del periodo establecido en el art. 4º de la ordenanza 1.614/2023 a los fines de considerar la antigüedad hasta el 30 de mes de Noviembre de 2.023, mostrando claramente que no existe equidad para el personal al momento del pase a planta permanente, incumpliendo con los requisitos básicos mínimos determinados para el ingreso a Planta Permanente determinado en Acta de Audiencia de fecha 08-02-2023 Inc. 3º, firmada por Autoridades del Ministerio de Trabajo y Empleo; Organizaciones Sindicales de Empleados Municipales y Autoridades del Municipio de Perico, no siendo vinculante para el Concejo Deliberante.-
Que, a través de las normativas mencionadas se designa el ingreso en planta permanente sobre el cierre de la gestión de un Intendente Interino Walter Cardozo haciendo caso omiso a la Notificación 2/2023 de fecha 07-09-2023 Inic. Por el Ministerio de Hacienda y Finanzas – Dirección Provincial de Gestión Provincia Municipios sobre la limitación a realizar Planta permanente y otros.
Que el Concejo Deliberante adhirió a las distintas leyes provinciales que hacen referencia a la contención de gasto público y régimen provincial de responsabilidad fiscal de emergencia de contención del Gasto Publico, Ley de emergencia 4439/89 y sus prorrogas, Ley 5427/04 Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal, sancionadas por Ordenanzas Números 084/89 y 371/05 respectivamente y otras de idéntico tenor y espíritu.-
Que es intención de este Órgano Legislativo recientemente conformado regularizar la situación planteada en lo que le compete al Concejo Deliberante, por lo que resulta necesario Derogar parcialmente las Ordenanzas 1674/2023 y 1.682/2023.-
Por todo ello y de acuerdo a las facultades establecidas por la Carta Orgánica Municipal y demás Legislación vigente.-
EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO
ORDENA:
ARTICULO 1°: DERÓGUESE EL Art. 1º Y 4º de la Ordenanza Nº 1.674/2023 y el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.682/2023 en cuanto involucra al Concejo Deliberante.-
ARTICULO 2°: DERÓGUESE toda otra norma o disposición que involucre al Órgano Legislativo en la materia.-
ARTICULO 3°: COMUNÍQUESE al Poder Ejecutivo Municipal, a las Secretarías que correspondan, Sueldos y Jornales. Dirección de Recursos humanos. Secretaria Administrativa del Concejo Deliberante. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. Archívese.-
SALA DE SESIONES, 18 DE ENERO DE 2024.-
CPN Cristian A. Valdiviezo
Presidente