BOLETIN OFICIAL Nº 7 – 17/01/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE  EL CARMEN

ORDENANZA Nº 905/CD/2.023.-

CIUDAD DE EL CARMEN, 27 DIC. 2023.-

VISTO:

El Proyecto de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, elaborado por el Departamento Ejecutivo y que corresponde al Ejercicio 2024; y…

CONSIDERANDO:

Que, el proyecto de Presupuesto enviado prevé la percepción de los RECURSOS y el destino que se dará a los mismos conforme a los GASTOS que en Anexos se detallan.

Que, de acuerdo a las facultades conferidas a éste Concejo y a la Sesión del día 27 de Diciembre de 2023 no surge impedimento alguno para su aprobación.

Por ello y en uso de sus facultades;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE  EL CARMEN SANCIONA CON FUERZA DE  ORDENANZA Nº 905/CD/2.023.-

ARTICULO 1º: Fijase en la suma de Pesos TRES MIL QUINIENTOS SETENTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL ($ 3.570.945.000,00), el Presupuesto General de GASTOS para el Ejercicio 2.024 con destino a las finalidades que se indican a continuación, detalladas analíticamente en Planillas anexas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza:

EROGACIONES CORRIENTES               $  3.109.445.000,00

EROGACIONES DE CAPITAL $     461.500.000,00

TOTAL                                                     $  3.570.945.000,00

ARTICULO 2º: Estimase en la suma de Pesos TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS DIEZ MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO ($ 3.550.710.464,00), el Cálculo de RECURSOS destinado a satisfacer las EROGACIONES a que se refiere el Art. 1º. De acuerdo con la distribución que se indica y al detalle que figura en el Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza:

RECURSOS CORRIENTES                   $  3.535.960.464,00

RESURSOS DE CAPITAL                       $      14.750.000,00

TOTAL                                                  $   3.550.710.464,00

ARTICULO 3º: Como consecuencia de lo establecido en los Artículos precedentes, estimase el siguiente Balance Financiero Preventivo cuyo detalle figura en Anexo que forma parte integrante de la presente Ordenanza:

GASTOS                                               $   3.570.945.000,00

RECURSOS                                             $   3.550.710.464,00

NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO   $        20.234.536,00

ARTICULO 4º: Estimase en la suma de Pesos CIENTO NOVENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS VENTIDOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($198.722.849,68) la deuda acumulada al 31 de Diciembre de 2.023, que se encuentra detallada en Anexo que forma parte  de la presente Ordenanza; previendo la posible cancelación de la misma en el transcurso del año fiscal.

ARTICULO 5º: Fijase en sesenta y seis (66) el número de cargos electivos y funcionarios que acompañan a los mismos, en setecientos catorce (714) el número de cargos de la Planta Permanente de Personal, en dieciocho (18) la Planta de Personal Contratado y en noventa y seis mil (96.000) horas anuales para el Personal Jornalizado, que se detallan en Anexos que forman parte de la presente Ordenanza. Cuadro 4-a.

ARTICULO 6°: El monto informado como “Servicios No Personales “en el cuadro Nro. 13 de los Anexos como erogaciones corrientes de la Jurisdicción “H” – Concejo Deliberante, incluyen una partida de pesos Doscientos Cincuenta Mil con cero centavos ($ 250.000,00) destinada a la contratación de Servicios de asesoramiento profesional, los cuales deberán ser provistos en tiempo y forma por el Departamento Ejecutivo Municipal, a pedido del Concejo Deliberante.

ARTICULO 7º: El Departamento ejecutivo podrá circularizar las deudas vencida al tercer trimestre que por todo concepto tengan los contribuyentes para con el Municipio, vencidos los plazos otorgados por esta circularizacion y no habiendo hecho el efectivo pago de la deuda, se iniciará el cobro de las mismas por vía de apremio.

ARTICULO 8: Las remuneraciones del Personal del Escalafón General, Personal Contratado y Personal Jornalizados se liquidarán de acuerdo a las instrucciones emanadas por el Gobierno Provincial y teniendo en cuenta las pautas que surgen del Decreto de Necesidad y Urgencia de la Nación N° 70/2023 y Ley N° 6382 de la legislatura de la provincia de Jujuy ratificando el decreto N° 101/23 del poder Ejecutivo en lo referente a la Planta Permanente.

ARTÍCULO 9º: El Escalafón para Profesionales Universitarios, se liquidará conforme a lo establecido en la Ley 4413 y sus modificatorias o la que en el futuro la remplace.

ARTICULO 10º: Fijase la remuneración del Ejecutivo y Legislativo Municipal de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Presupuestaria del 2024 en su artículo Nº 11, incluido los incrementos fijados en circulares de la Administración Central.

Fijase a partir del 1ro de Enero de 2024 para los funcionarios del Ejecutivo la siguiente escala fijada en porcentajes de la remuneración del Intendente incluido los gastos de representación, más las asignaciones familiares y antigüedad dispuesta en Ordenanza 150/91 que les pudiere corresponder en cada caso.

 

Categoría % Básico % Gastos Total
Intendente 1.00

(338.000.00)

 

1.00

(253.000,00)

 

Pesos (591.000,00)

 

Secretarios 0.88 0.88  
Directores Generales 0.75 0.75  
Directores 0.65 0.65  
Procurador General 0.88 0.88  
Coordinaciones 0.45 0.45  
Jefaturas 0,50 0,50  
Jefe de Despacho 0.60 0.60  
Pte. Concejo 0.95 0.95  
Concejales 0.90 0.90  
Sec. Parlamentario 0.60 0.60  
Sec. Administrativo 0,55 0,55  
Prosecretario 0.45 0.45  
Secretarios de Bloque 0.45 0.45  
Pro Sec. de Bloque 0,38 0,38  
Secretario Privado de Bloque 0.35 0.35  
Coordinador CD 0.45 0.45  
Asesor Legal  C.D 0.75 0.75  
Juez Adm. De Faltas 0.60 0.60  

 

 

ARTICULO 11º: Facultase al Departamento Ejecutivo a efectuar los incrementos salariales otorgados por el Gobierno de la Provincia; al Personal de Escalafón General, Permanentes, Contratados, jornalizados y Profesionales; como así también facultase al Ejecutivo a incrementar en el mismo porcentaje que se defina para la mayor Categoría del escalafón general a los funcionarios del Poder Ejecutivo y del Concejo Deliberante, toda vez que el Gobierno Provincial determine una recomposición salarial.

ARTICULO 12º: El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones en el destino de las partidas de Gastos, siempre que las mismas no alteren el total de erogaciones fijadas en el Artículo 1ro de la presente norma.

ARTICULO 13º: El Departamento Ejecutivo podrá exceder el monto de Gastos presupuestados únicamente cuando se produzca algún ingreso no previsto de fondos.

ARTICULO 14º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a solicitar de entidades financieras adelantos en cuenta corriente y/o créditos transitorios de similares características, por un importe que como máximo podrá alcanzar el equivalente al monto de la coparticipación que mensualmente recibe el Municipio.

ARTICULO 15º: Facultase al Departamento Ejecutivo a reestructurar la deuda pública municipal tanto consolidada como flotante, con el objeto de liberar garantías o cambiar el perfil o el costo de la Deuda, obteniendo una menor carga de intereses y/o mayor plazo para la amortización, pudiendo incrementar las partidas que fueran necesarias, según corresponda; a los efectos de poder efectuar las registraciones contables correspondiente.

ARTICULO 16º: En todos los casos en que se acuerden compensaciones de deudas con organismos provinciales o nacionales, autorizase al Departamento Ejecutivo a incrementar las partidas de erogaciones necesarias para registrarlas, con la contrapartida de los recursos que en el mismo acto le sean reconocidos.

ARTICULO 17º: Se autoriza al Departamento Ejecutivo a modificar la partida Amortización de la Deuda Flotante y uso del crédito de proveedores y contratistas de acuerdo a la determinación exacta que se efectué en oportunidad del cierre del ejercicio 2023 y de la presentación de la rendición de cuentas al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

ARTICULO 18º: Autorizase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las partidas presupuestarias especiales necesarias o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas con recursos de la siguiente naturaleza:

  1. Provenientes de las operaciones de crédito público de acuerdo a lo establecido por la Ley de Responsabilidad Fiscal.
  2. Proveniente de donación, herencia o legado a favor del Estado Municipal, con destino de especifico.
  3. Provenientes de Leyes u Ordenanzas especiales que tengan afectación especifica.
  4. Provenientes de Convenios o de Adhesiones a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales con vigencia en el ámbito en el ámbito Provincial y/o Municipal, como así también los aportes reintegrables y/o no reintegrables del Gobierno Nacional, Provincial o de otros entes, afectados a fines específicos.

Limitase la autorización a los aportes que efectivamente se perciban a tal efecto, quedando condicionada la utilización de las respectivas partidas de Erogaciones a la efectiva Percepción de los recursos. Cuando los convenios prevean la financiación del gasto a través del mecanismo de reembolso, dicha autorización está sujeta a la efectiva firma del convenio por parte de las autoridades correspondientes y por el monto a percibir.

ARTICULO 19º: Comuníquese, Publíquese y Remítase al Poder Ejecutivo para su aplicación.-

 

Horacio Federico Mancini

Presidente

 

Cuadro Nro.01

 

CONCEPTO IMPORTES
   
     
TOTAL DE RECURSOS   3.550.710.464,00
     
A- RECURSOS CORRIENTES   3.535.960.464,00
     
TRIBUTARIOS   3.505.460.464,00
       1- DE ORIGEN MUNICIPAL   529.025.416,00
a) Tasas 399.100.416,00  
Alumbrado Público 109.000.000,00  
Barrido, Limpieza y Extr. Residuos 247.891.200,00  
Actuación Administrativa 1.560.000,00  
Inspección Productos de Consumo en Gral. 16.713.216,00  
Por Alineación y/o Construcción 15.336.000,00  
Por espéctaculos Públicos y Anexos 2.000.000,00  
Estacionamiento Tarifado 4.800.000,00  
Otras Tasas 1.800.000,00  
b) Cánones 46.660.000,00  
Publicidad y Propaganda 200.000,00  
Ocupación de la Vía Pública 9.000.000,00  
Ocupación Esp. Aéreo y/o Subterr. 30.000.000,00  
Locación Inmuebles Municipales 1.200.000,00  
Juegos de Azar 3.260.000,00  
Utilización Cementerio 3.000.000,00  
c) Contribuciones Especiales 0,00  
Contribución por Mejoras 0,00  
d) Otros Recursos 83.265.000,00  
Ingresos Eventuales 500.000,00  
Accesorios y/o Comisiones 7.500.000,00  
Rentas Atrasadas 22.000.000,00  
Cultura y Deporte 4.285.000,00  
Utilización Camping Municipal 18.480.000,00  
Utilización Balneario Municipal 28.000.000,00  
Utilización Natatorio Bo.San Juan 2.500.000,00  
          2- DE ORIGEN PROVINCIAL   2.976.435.048,00
a – Impuesto a los Automotores 52.200.000,00  
b – Coparticipables 2.920.000.000,00  
c – Profosan 4.235.048,00  
NO TRIBUTARIOS   10.500.000,00
Rentas Financieras 8.000.000,00  
Otros Recursos No Tributarios 2.500.000,00
TRANSFERENCIAS CORRIENTES   20.000.000,00
a -Aportes no reintegrables p/financiar erogaciones ctes 20.000.000,00  
b -Programas varios 0,00
c -Otras Transferencias corrientes 0,00
B- RECURSOS DE CAPITAL   14.750.000,00
     
RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL   2.750.000,00
a-Venta de activo fijo 2.750.000,00  
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL   12.000.000,00
a-Aportes no reintegrables p/financiar erogaciones capital 12.000.000,00  
b- Programas varios 0,00
c-Otras Transferencias de capital 0,00

 

 

Cuadro Nro. 02

CONCEPTO  

IMPORTES

 

 

 

PARCIAL

 

 

TOTAL

 

 

 1- FUENTES FINANCIERAS

 

1.          1- Disminución de la inversión financiera

 

 

1.            2- Endeudamiento Público e incrementos pasivos

 

Uso del Crédito

Anticipo de Coparticipación Otros Pasivos

 

 

 

 2 – APLICACIONES FINANCIERAS

 

2.          1- Inversión Financiera

 

2. 2- Amortización y Disminución de Otros pasivos

 

Amortización Deuda Ejercicio 2023

   
   

 

 

218.957.385,68

 

  0,00
0,00  
  218.957.385,68
  218.957.385,68
218.957.385,68  
  0,00
   

 

198.722.849,68

0,00 0,00
  198.722.849,68
198.722.849,68  

 

 

Cuadro Nro. 03

BALANCE FINANCIERO PREVENTIVO

 

CONCEPTO  

IMPORTES

 

 

PARCIAL

   
I – TOTAL RECURSOS 3.550.710.464,00
 

 

  1- RECURSOS CORRIENTES

 

 

3.535.960.464,00

TRIBUTARIOS  
1.1 – DE ORIGEN MUNICIPAL 529.025.416,00
a- Tasas 399.100.416,00
b- Cánones 46.660.000,00
c- Contribuciones Especiales 0,00
d- Otros recursos tributarios 83.265.000,00
1.2 – DE ORIGEN PROVINCIAL 2.976.435.048,00
a- Impuestos automotor 52.200.000,00
b- Coparticipables 2.920.000.000,00
c- Profosan 4.235.048,00
NO TRIBUTARIOS 10.500.000,00
a – Otros Recursos no tributarios 10.500.000,00
TRANSFERENCIAS CORRIENTES 20.000.000,00
a-Aportes no reintegrables p/financiar erogaciones ctes 20.000.000,00
b- Programas varios 0,00
c-Otras Transferencias corrientes 0,00
 2- RECURSOS DE CAPITAL 14.750.000,00
RECURSOS PROPIOS DE CAPITAL 2.750.000,00
a-Venta de activo fijo 2.750.000,00
TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 12.000.000,00
a-Aportes no reintegrables p/financiar erogaciones capital 12.000.000,00
b- Programas varios 0,00
c-Otras Transferencias de capital 0,00
II – TOTAL DE EROGACIONES 3.570.945.000,00
 

       1- EROGACIONES CORRIENTES

 

3.109.445.000,00

1.1- Gasto de Consumo 3.065.445.000,00
– Gastos en Personal 2.705.425.000,00
– Bienes de Consumo 205.200.000,00
– Servicios No Personales 154.820.000,00
1.2- Rentas de la Propiedad 0,00
1.3- Otros 38.000.000,00
– Otros Gastos Corrientes 38.000.000,00
1.4- Transferencias Corrientes 6.000.000,00
– Programas varios 0,00
– Al sector Privado 0,00
– Al sector Publico 6.000.000,00
– Otras Transferencias  

 

 

Cuadro Nro. 03

 

BALANCE FINANCIERO PREVENTIVO

 

CONCEPTO  

IMPORTES

 

PARCIAL

 

       2- EROGACIONES DE CAPITAL

 

461.500.000,00

2.1- Inversión Real Directa 457.500.000,00
– Bienes de Capital 244.000.000,00
– Trabajos Públicos 213.500.000,00
a- Con Rentas Generales 207.500.000,00
b- Con Recursos Afectados (Programas varios) 0,00
c- Otros 6.000.000,00
2. 2- Transferencias de Capital 4.000.000,00
1. Al Sector Privado 0,00
2. Otras 4.000.000,00
 III- NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO ( II-I ) DEFICIT -20.234.536,00
   
 IV – FINANCIAMIENTO NETO ( 1-2 ) 20.234.536,00
 

       1- FUENTES FINANCIERAS

 

218.957.385,68

1 – Uso del Crédito 218.957.385,68
2- Otros Pasivos 0,00
      2 – APLICACIONES FINANCIERAS 198.722.849,68
1- Amortización de la deuda 198.722.849,68
2 – Disminución de Otros Pasivos 0,00
 V – RESULTADO PRESUPUESTARIO ( IV – III ) 0,00
   

 

 

Cuadro Nro. 4

 

( A valores históricos )

ACREEDOR Amortiz.

Deuda Orig

Amortiz.

Ajuste Deuda

DEUDA

AJUSTADA

 

 I-Erogaciones para atend.la Amort.Deuda

 

198.722.849,68

 

0,00

 

198.722.849,68

 

  1- DEUDA CIERRE DEL EJERCICIO 2023

 

192.013.547,06

 

0,00

 

192.013.547,06

       
1.1- Remuneraciones 169.900.300,00 0,00 169.900.300,00
Sueldos Diciembre/23 164.900.300,00   164.900.300,00
Otros 5.000.000,00   5.000.000,00
 

1.2- Retenciones al personal

 

13.913.247,06

 

0,00

 

13.913.247,06

– ISJUJUY 128.809,98   128.809,98
– U.P.C.N. 1.413.303,73   1.413.303,73
– SEOM 135.648,00   135.648,00
– ATE 1.482.933,25   1.482.933,25
– SIEOM 119.803,18   119.803,18
– UTEA 2.968.278,00   2.968.278,00
– KOLINA 83.125,64   83.125,64
– SIJEMPRO 1.180.845,28   1.180.845,28
– DESCUENTO JUDICIALES (ALIMENT Y COMERCIAL) 6.400.500,00   6.400.500,00
1.3 – Deudas Varias 8.200.000,00 0,00 8.200.000,00
– Bienes de consumo 3.500.000,00   3.500.000,00
– Servicios no personales 1.200.000,00   1.200.000,00
– Trabajos Públicos 3.500.000,00   3.500.000,00
   2- SALDO DEUDA EJERCICIO ANTERIORES 6.709.302,62 0,00 6.709.302,62
       

 

 

 

 

 

 

 

 

Cuadro Nro. 5

TRABAJOS PUBLICOS
INVERSION REAL

 

DENOMINACION DEL PROYECTO A Ejecutar

2024

   
I- CON RENTAS GENERALES 207.500.000,00
   
PAVIMENTACION AFALTO ENRIPIADO 53.500.000,00
PAVIMENTO CALLES DEL EJIDO MUNICIPAL 30.000.000,00
BACHEOS 4.000.000,00
ENRIPIADO Y PERFILADO 12.000.000,00
SEÑALIZACION 7.500.000,00
  0,00
INFRAESTRUCTURA DE LUZ 45.450.000,00
SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO 1.200.000,00
ILUMINACION NUEVA 7.000.000,00
RECONVERSION  DE  EL  SISTEMA  DE  ALUMBRADO  PUBLICO  DE  VAPOR  DE  
SODIO A LED SOBRE EJES PRINCIPALES DE LA CIUDAD 35.750.000,00
MANTENIMIENTO DE ALUMBRADO 1.500.000,00
MANTENIMIENTO DE ESPACIOS PUBLICOS 33.750.000,00
PLAZA CENTRAL – PLAZOLETA 25.000.000,00
CLUBES DEPORTIVOS 5.500.000,00
INSTITUCIONES ESCOLARES Y OTRAS 3.250.000,00
MANTENIMIENTO DE ESPACIOS DE DOMINIO MUNICIPAL 23.800.000,00
EDIFICIOS 7.400.000,00
CAMPING Y BALNEARIO MUNICIPAL 15.000.000,00
OTROS 1.400.000,00
RED CLOACAL 18.000.000,00
EJIDO MUNICIPAL 18.000.000,00
OBRA FLUBIAL 15.000.000,00
CONSTRUCCION DESAGUE FLUBIAL
OBRA CIVIL 18.000.000,00
PLAN MUNICIPAL DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA URBANA –  CORDON  
CUNETA – EJIDO MUNICIPAL 18.000.000,00

 

Horacio Federico Mancini

Presidente