BOLETIN OFICIAL Nº 5 – 12/01/2024

DECRETO Nº 8690-G/2023.-

EXPTE. Nº 300-539/2015.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 JUL. 2023.-

VISTO:

Los presentes obrados, a través de los cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor de la “Unión de Pequeños Productores Aborígenes de Jujuy (U.P.P.A.J.) Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Humahuaca (Departamento Humahuaca), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y

CONSIDERANDO:

Que dicha entidad ha dado cumplimiento con las disposiciones del Decreto Provincial N° 1768-G-SG-58;

Que, atento los términos del Dictamen N° 128-DPAF-23 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (fs. 168/169), procede dictar el acto administrativo correspondiente;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otorgase Personería Jurídica a favor de la “UNIÓN DE PEQUEÑOS PRODUCTORES ABORÍGENES DE JUJUY (U.P.P.A.J.) ASOCIACIÓN CIVIL”, con asiento en la Ciudad de Humahuaca (Departamento Humahuaca), y apruebase su Estatuto Social que consta de cuarenta y tres (43) Artículos, y como Escritura Pública N° 17/2023 del Registro Notarial N° 83 de la Provincia de Jujuy corre agregado en fs. 155 a 166 de autos.-

ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR