BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 07/04/17

Dra. Lis Valdecantos Bernal – Juez de Primera Instancia en lo Civil Y Comercial Nº 7 Secretaria N° 13, de la Provincia de Jujuy, hace saber a Calizaya, Marta Elizabeth Que en el Expte N° B-264632/11, caratulado: “CREDINEA S.A. C/ Calizaya Marta Elizabeth S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 29 de junio de 2015.- Atento las constancias de autos (fs. 13, 20, 30, 32, 37 vta., 43 y 61/64) y lo solicitado a fs. 66, notifíquese por edictos a la parte demandada Marta Elizabeth Calizaya que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de PESOS SEIS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS CON VEINTE CTVS. ($ 6.676,20) en concepto de Capital, con mas la suma de PESOS DOS MIL DOS CON OCHENTA Y SEIS CTVS. ($2.002,86) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo cíteselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del termino de CINCO DIAS, posteriores a la ultima publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 7, Secretaria N° 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes (Art. 109 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).- Asimismo, córrase traslado del pedido de intereses por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar.- Hágase saber a la parte demandada, que las copias para TRASLADO se encuentran a su disposición en Secretaria del Juzgado, siendo los días de notificación Martes y Jueves o el siguiente dia hábil si alguno de ellos fuere feriado.- Por el mismo termino intímese a constituir domicilio legal dentro del radio de los TRES KM del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del ítem.- A tal fin publíquense edictos en un diario local y boletín oficial TRES VECES en CINCO DIAS. Se hace saber que la confección de la diligencia dispuesta precedentemente se encuentra a cargo de la parte interesada a tenor del cumplimiento de deber de colaboración (arts. 50 y 72 del CPC), quien deberá acompañar la misma para su confronte y firma por la actuaría.- Notifíquese art. 154 del C.P.C..- Fdo. DRA LIS VALDECANTOS BERNAL JUEZ – Ante mi Dra. LUISA CARMEN BURZMIÑSKI – SECRETARIA HABILITADA.- Publíquense Edictos en un Diario Local y en el Boletín Oficial (art. 152 del C.P.C.) por tres veces en el termino de cinco días. Se hace saber al accionado que los términos empiezan a correr a partir de la última publicación de edictos.- SECRETARIA  San Salvador de Jujuy, a los 30 días del mes de Agosto del 2016.-

 

05/07/10 ABR. LIQ. Nº 10159 $360,00.-