BOLETIN OFICIAL Nº 2 – 05/01/2024

DECRETO N° 12598-G/2023.-

EXPTE. N° 0950-210/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 DIC. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Téngase por concedida a partir de 1 de Junio de 2023, y por el término de tres (3) años, Licencia Sin goce de Haberes prevista por el Artículo 14°, inc. i) de la Ley N° 6325, a favor de la agente Categoría A-2 (Ley N° 4413) de la planta de personal permanente del Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana, Arq. ADRIANA INES CORREA BERBEL, CUIL 27-30541646-6.-

ARTICULO 2°.- Por intermedio del Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana comuníquese de los términos del presente Decreto al Instituto de Seguros de Jujuy, Unidad de Control Previsional y/u organismo pertinente.-

ARTICULO 3°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Ente Autárquico Regulador de Planificación Urbana para conocimiento y demás efectos.‑

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR