BOLETÍN OFICIAL Nº 40 – 07/04/17
ORDENANZA N° 89 CONCEJO COMUNAL YALA –2017
AUTORIZA CONVENIO CON CLUB GIMNASIA Y ESGRIMA DE JUJUY
CONSIDERANDO:
Que el Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy, es propietario de diversos inmuebles ubicados en la localidad de Lozano.
Se inició una ejecución judicial de la deuda vía apremio, atento a la posibilidad de llegar a un acuerdo y teniendo en consideración que el Club es una institución sin fines de lucro, resulta razonable eximir ciertos periodos de pago, multas e intereses.
Por ello el Concejo Comunal de Yala sanciona con fuerza de
ORDENANZA:
Art. 1.- Autorizar y facultar al Presidente de la Comisión Municipal de Yala, a adquirir la propiedad de un inmueble a individualizarse para la Comisión Municipal ubicado en la localidad de Lozano de propiedad del Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy, el cual será transferido como dación en pago a cambio de cancelar la deuda correspondiente a los tributos devengados de Tasas de Recolección de Residuos, Alumbrado Público y Zoonosis de todos los inmuebles de propiedad del Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy.
Art.2.- Autorizar al Departamento Ejecutivo para establecer la exención del pago de la totalidad de los tributos municipales que graven los inmuebles de propiedad del Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy hasta el 31 de Diciembre del 2017.-
Art. 3.- Autorizar al Departamento Ejecutivo para dejar sin efecto la totalidad de las multas contravencionales del Juzgado de Faltas impuestas al Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy.
Art. 4.- Autorizar al Departamento Ejecutivo para condonar a favor del Club Gimnasia y Esgrima de Jujuy el 20% del capital total de la deuda mantenida por Tasa de Recolección de Residuos y Alumbrado Publico y el 100% de los intereses moratorios devengados hasta la fecha por deudas tributarias.
Art. 5.- Facultar al Presidente de la Comisión Municipal para celebrar el convenio respectivo.
Art. 6.– Publíquese en el Boletín Oficial, Tómese Razón, archívese.
Sala de sesiones, 20 de Marzo del 2017
Dr. Santiago Tizón
Presidente
07 ABR. S/C.-