BOLETIN OFICIAL Nº 145 – 29/12/2023

MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

DECRETO N° 012-G-2023.-

CIUDAD DE PERICO, 14 DIC. 2023.-

VISTO:

El aumento desproporcionado de los Empleados Municipales debido a las incorporaciones de personal en situación de revista de Jornalizados de primera y segunda categoría en la Municipalidad de Ciudad Perico como obligaciones asumidas por el Intendente Interino Walter Rolando Cardozo mientras estuvo a cargo del Departamento Ejecutivo y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Municipal Nº 1.643/2023 se Declaró el Carácter de Esencial a la Dirección de Saneamiento dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad.

Que la mencionada Ordenanza, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a crear “Grupos de Emergencia” para el cumplimiento de la prestación de servicios de la Dirección de Saneamiento (recolección de residuos, descacharrado, etc).

Que resulta reprochable el accionar del ex intendente interino al disponer la incorporación del personal mencionado en la parte dispositiva de la presente, toda vez que se encuentran vigentes las Leyes Provinciales 4439/89 denominada “De Contención del Gasto Publico” con sus modificatorias y la Ley 5427/04 de Régimen Provincial y Municipal de Responsabilidad Fiscal con sus modificatorias, ambas que fueron adheridas por la Municipalidad de Perico. Asimismo, se encuentra plenamente vigente la Ley Provincial 5153 y sus modificatorias, Ley de Ética Pública.

Que sin perjuicio de lo anterior el Ex Intendente Interino decidió mediante Decreto Nº 5833-G-2023 y Decreto Nº 5775-G-2023 crear el Grupo de Emergencia Sanitaria e incorporar personal en situación de revista jornalizado de segunda categoría.

Que la incorporación de Personal implica necesariamente un aumento del gasto para la administración pública, por lo que haber tomado la decisión de aumentar la planta de personal resulta un accionar reprochable porque genera un daño económico a las arcas de la Municipalidad.

Que según la información reunida desde la Secretaria de Hacienda de la Municipalidad, no ha sido posible cumplir con las obligaciones financieras en el pago de los haberes del mes de noviembre/23, en especial el pago total de los sueldos del personal del escalafón general, profesionales, personal jerárquicos, así como también se vieron afectados los pagos de embargos judiciales.

Que vale poner de resalto la irresponsabilidad de incrementar el personal en un Interinato, que solo estuvo en funciones a cargo del Departamento Ejecutivo por nueve meses, pretendiendo la estabilidad o continuidad de los empleados incorporados.

Que las incorporaciones recientes no gozan de la estabilidad propia de los empleados municipales, como así tampoco de continuidad laboral debido a la reciente incorporación soslayando las normas antes mencionadas.

Que surge de la información brindada por el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy (página web) que las Ordenanzas Municipales Nº 1.601/2023. REF: “PASE A PLANTA PERMANENTE DEL PERSONAL JORNALIZADO DE PRIMERA CATEGORIA Y JORNALIZADO DE SEGUNDA CATEGORIA DE MODO PROGRESIVO CONFORME ACTA ACUERDO DE FECHA 08/02/2023”. EXPTE. Nº 10.839/2.023 INIC. POR TODOS LOS CJLES, Nº 1.614/2.023 REF: “PASE A PLANTA PERMANENTE DE PERSONAL JORNALIZADO Y CONTRATADO-ESTABILIDAD LABORAL” EXPTE. Nº 10.872/2.023 y Nº 1.674/2.023 REF: “INCORPORACION A PLANTA PERMANENTE DE PERSONAL MUNICIPAL CONTRATADO Y JORNALIZADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CIUDAD PERICO Y CONCEJO DELIBERANTE CON DOS AÑOS O MAS DE ANTIGÜEDAD. EXTENSION DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA 1.614/2.023 Y 1.601/2.023. EXPTE Nº 11091/2.023 INIC. POR LA MAYORIA DE LOS CONCEJALES”, NO FUERON PUBLICADAS, es decir que no se completó el procedimiento necesario para la vigencia de las mismas con la correspondiente publicación.

Por todo ello, y en virtud de las facultades otorgadas por la Carta Orgánica

EL SR. INTENDENTE DE CIUDAD PERICO

DECRETA

ARTICULO 1°: DEJAR SIN EFECTO desde el 14 de Diciembre de 2023 el Decreto Nº 5775-G-2023 y Decreto Nº 5833-G-2023 que Crean EL GRUPO DE EMERGENCIA SANITARIA, en lo que respecta a la INCORPORACION como JORNALIZADOS DE SEGUNDA CATEGORÍA a partir del 08 de Septiembre de 2.023 y 17 de Octubre de 2.023 respectivamente, a las siguientes personas: Díaz José Ariel DNI 27.481.778, Cardozo Ariel Roque DNI 28.036.079, Burgos Mauro Alejandro DNI 38.342.680, González Sergio Marcelo DNI 26.780.578, Yanaje Verónica Yudith DNI 32.707.318, Villafan Diego Alejandro DNI 40.177.439, Zenteno José Antonio DNI 32.548.998, Puga Omar Jorge DNI 18.534.644, Vargas Sossa Álvaro Leonel DNI 41.042.133, Martínez Joel Agustín DNI 45.764.451, Loza Pablo Ricardo Efrain DNI 35.022.582, Vega Mirta Silvia DNI 32.452.838, Álvarez Gianella Abigail DNI 45.764.444, Ruiz Gisela Marisel DNI 34.022.487, Ortiz María Eugenia DNI 27.232.021, Puertas Erica Alejandra DNI 25.090.626, Vilte Adela Noemí DNI 27.954.543, Figueroa Néstor Darío DNI 44.229.672, Cardozo Farfan Guimercindo DNI 96.023.607, Burgos Roberto Maximiliano DNI 38.976.716, Churquina Carlos Alfredo DNI 24.423.344, Cruz Armando DNI 23.135.928, Ruiz Ricardo Fabián DNI 36.315.858, Ortega Eduardo Martín DNI 32.367.359, Chuque Juan Gabriel DNI 40.153.051, Tolaba Fernando David DNI 40.637.980, Rivero Carmen Mariel DNI 44.229.643, Guevara Alberto Martín DNI 35.305.815, Lara Facundo Sebastian Agustín DNI 44.679.852, Castillo Víctor Emilio DNI 27.844.230 y Espejo Marcelo Héctor DNI 27.844.155.

ARTICULO 2°: ORDENAR a Asesoría Legal de la Municipalidad a realizar las correspondientes denuncias administrativas y penales que correspondan al ex Intendente Interino Walter Cardozo a los fines de que se investigue su responsabilidad como funcionario público por las incorporaciones mencionadas en el ARTICULO 1º.-

ARTICULO 3º: Pase al Concejo Deliberante para el pertinente Acuerdo y toma de razón.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, a las distintas Secretarias, pase a Dirección de Recursos Humanos, Liquidación de Haberes y notifíquese a la parte interesada. Cumplido. ARCHIVESE.-

Fdo. Ing. Rolando Pascual Ficoseco- Intendente, Javier Aníbal Giubergia- Jefe de Gabinete.-

 

Ing. Rolando Pascual Ficoseco

Intendente