LEY Nº 260

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 260
ARTICULO 1.- Autorizase al poder ejecutivo para invertir hasta la suma
de diez mil pesos ($ 10.000 m/n) en la ampliación del Parque Roca y su
cierre, a fin de quede comprendido dentro del mismo, el monumento al
General San Martín, que se exigirá en el lugar destinado por la Ley
Provincial Nº 223 y en virtud de la Ley Nacional Nº 9098.
ARTICULO 2.- Facúltese igualmente al Poder Ejecutivo para practicar
el trabajo que determine el articulo anterior por administración.
ARTICULO 3.- Dicho gasto se hará de rentas generales con imputación a
la presente Ley.
ARTICULO 4.- Comuníquese, etc.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Junio 16 de 1.915.-
GUILLERMO ZALAZAR ALTAMIRA
Secretario
ANGEL E. PUCH
Presidente