LEY Nº 255

LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

LEY Nº 255
ARTICULO 1.- Autorizase al Consejo de Educación de la Provincia a
intervenir hasta la suma de un mil pesos en una edición de la Historia
de la Bandera, Ricardo Rojas, inserta en el 2º tomo del “Archivo
Capitular de Jujuy”, para que sea repartida gratuitamente en la
Provincia.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley
se cubrirán de rentas generales, con imputación a la misma.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
SALA DE SESIONES, Jujuy, Mayo 26 de 1.915.-
GUILLERMO ZALAZAR ALTAMIRA
Secretario
ANGEL E. PUCH
Presidente