BOLETIN OFICIAL Nº 142 – 20/12/2023

DECRETO Nº 9241-G/2023.-

EXPTE. Nº 400-5556/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 SEP. 2023.-

VISTO:

La invitación a Cauchari Solar I, II y III a participar del Tercer Encuentro de la BELT and ROAD FORUM for INTERNATIONAL COOPERATION (“BRF”) que Organiza el Gobierno de la República Popular China, y las reuniones a concretarse con empresas Chinas en el marco del proyecto de ampliación de las plantas solares en 200MW, a llevarse a cabo en las ciudades de Beijing y Shanghai, entre los días 11 de octubre al 26 de octubre de 2023;

CONSIDERANDO:

Que, habiendo participado en el año 2019 del 10° Foro Internacional de Inversión y Construcción de Infraestructuras (IIICF) celebrado en la Ciudad de Macao, reviste carácter estratégico para la provincia dar continuidad al diálogo mantenido por las empresas en estos foros de cooperación internacional, y los temas a desarrollarse son de suma importancia para el proyecto de ampliación del potencial energético de la Provincia, sirviendo dichas reuniones para discutir los requerimientos de tecnología y equipamiento para las nuevas obras.

Por ello;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorizase la Comisión Oficial al exterior del Presidente de CAUCHARI SOLAR I S.A.U., CAUCHARI SOLAR II S.A.U. y CAUCHARI SOLAR III SAU., Sr. GUILLERMO FERNANDO HOERTH, D.N.I. N° 14526271, a participar del Tercer Encuentro BELT and ROAD FORUM for INTERNATIONAL COOPERATION (“BRF”), organizado por el Gobierno de la República Popular China, y a mantener reuniones con empresas chinas en el marco del proyecto de ampliación de las plantas solares mencionadas, a llevarse a cabo en las ciudades de Beijing y Shanghai entre los días 11 y 26 de octubre de 2023, por los motivos expresados en los considerandos.-

ARTICULO 2º.- La erogación que demande la presente disposición será afrontada con los fondos pertenecientes a las empresas CAUCHARI SOLAR I S.A.U., CAUCHARI SOLAR II S.A.U. Y CAUCHARI SOLAR III S.A.U., las que tendrán a su cargo la provisión e viáticos, facultándose a las respectivas Asambleas Societarias a su determinación.-

ARTICULO 3º.- Registrese. Tomen razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva a Gobernación a sus efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR