BOLETIN OFICIAL Nº 139 – 13/12/2023

DECRETO Nº 9454-HF/2023.-

EXPTE. Nº 500-520/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 02 OCT. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Ampliase el alcance del Decreto N° 1798-HF-2020, que será de aplicación para el personal planta permanente y contratados de Secretaría Privada de Gobernación, Secretaría de Gestión de la Gobernación y Escribanía de Gobierno que dependan de forma exclusiva de las Unidades de Organización citadas prestando efectivo servicios en las mismas a la fecha del presente Decreto, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTICULO 2º.- La bonificación consistirá en una suma remunerativa y no bonificable, determinada y liquidada con idéntico procedimiento y modalidad del previsto para “Complemento por Tareas Técnicas” del artículo 23º de la Ley N° 6325.-

ARTICULO 3º.- Los funcionaros responsables de las dependencias detalladas en el artículo 1º del presente deberán informar mensualmente a Contaduría de la Provincia, nómina del personal beneficiado por las disposiciones de este ordenamiento.-

ARTICULO 4º.- El presente será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Gobierno y Justicia.-

ARTICULO 5º.- Las disposiciones del presente Decreto rigen a partir del 02 de octubre de 2023.-

ARTICULO 6º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia; Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Secretaría de Gestión de la Gobernación; Secretaría Privada de la Gobernación, Escribanía de Gobierno, Secretaria General de la Gobernación y Dirección de Administración de la Gobernación, para conocimiento y demás efectos. Cumplido, vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR